08/02/2021 / Exitosa Noticias / Edic. impresa / Actualizado al 09/01/2023
Las largas filas que se formaron en las agencias del Banco de la Nación (BN) para entregar bonos de ayuda a los afectados por la pandemia serán cosas del pasado. El Ejecutivo publicó ayer la ley aprobada por el Congreso que crea en forma automática y obligatoria una cuenta de ahorros en con el número de DNI de los ciudadanos.
Así, la llamada Cuenta -DNI que operará en el entorno digital, será empleada para el pago, devolución o transferencia de cualquier beneficio, subsidio, prestación económica o aporte que el Estado otorgue para el titular, así como para otras operaciones que fomenten el acceso y uso de servicios financieros.
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La norma señala que el Ejecutivo reglamentará la ley en un plazo de 60 días y el Banco de la Nación implementará la Cuenta-DNI en un plazo no mayor de 180 días después de publicada la ley.
El Dato: El Banco de la Nación tendrá la facultad de cerrar la Cuenta-DNI si está siendo utilizada para eventos de fraude, corrupción o cualquier otra actividad ilegal. Una vez que el titular exprese su conformidad con la activación, el banco remitirá el contrato por medios digitales.
Indica que el Banco de la Nación usará la plataforma Nacional de Autenticación de la Identidad Digital (ID-Perú) o los servicios de Verificación de la Identidad de Datos y Biométricos (dactilar o facial) que brinda el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (Reniec).
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“Para abrir la Cuenta-DNI, el Reniec remitirá al BN los datos personales del titular de la cuenta, necesarios para su identificación, nombres y apellidos completos, número del DNI y dirección, en el marco de lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos Personales”, señala la norma.
Faculta además al BN para la apertura de la Cuenta-DNI sin necesidad de la celebración de un contrato.