OPINIÓN | Gabriel Bustamante: "SBS: La mujer del César no solo debe serlo sino parecerlo"
Julio César, el emperador romano, confiaba en Pompeya, pero lo dudoso de las evidencias mostradas hizo que se divorcie porque la mujer del César no solo debía serlo sino parecerlo.
No es justo que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP solo consigne 3 Seguros Obligatorios http://www.sbs.gob.pe/usuarios/informacion-de-seguros cuando en realidad existen más de 40, limitando el empoderamiento de información para los 33 millones de peruanos cuyos derechos indemnizatorios son vulnerados. En España hay más de 600 Seguros Obligatorios y el Gobierno ordena al Consorcio de Compensación de Seguros su publicación y constante actualización. Aquí carta que envié al ente rector de los seguros peruanos el 31.07.19: “Según el portal www.sbs.gob.pe la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP es una Institución de derecho público cuya autonomía funcional está reconocida por la Constitución Política del Perú y su objetivo primordial es preservar los intereses de los depositantes, de los asegurados y de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones.
Se señala, asimismo, que la finalidad de la SBS y AFP consiste en generar las condiciones que permitan maximizar el valor de los Sistemas Financieros, de Seguros y Privado de Pensiones, propiciando una mayor confianza y adecuada protección de los intereses del público usuario, a través de la transparencia, veracidad y calidad de la información; cautelando la estabilidad y solvencia de las instituciones que conforman los sistemas.
En ese sentido, siendo la SBS y AFP el órgano rector, notamos que, específicamente en el campo de los seguros, no están entregando información adecuada respecto a los SEGUROS OBLIGATORIOS, limitándose a señalar solamente tres; Seguro de Vida Ley, Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo - SCTR y Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito - SOAT.
Nuestro país cuenta más de 40 Seguros Obligatorios y lo contempla el Código Civil en el Artículo N°1988 - Régimen del Seguro Obligatorio. En ese sentido la Ley N°29946 Ley de Contrato de Seguros, señala literalmente al respecto: “En el caso de Seguros Obligatorios y aquellos que se encuentran regulados por Leyes Especiales...”.
Solicitamos, por tanto, y dado que corresponde a su obligación como ente rector, se sirvan informar a la colectividad todos los Seguros Obligatorios y los regulados por Leyes Especiales existentes en nuestro país, que incluyan las Leyes, los Reglamentos debidamente actualizados para que de esta forma tenga la población el conocimiento y empoderamiento correspondiente”.
¿Qué me respondió la SBS? Pachotadas.
Éstos ni son ni parecen y en julio 2021 deben ser investigados rigurosamente.