04/11/2020 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023
Por medio de un comunicado, la Dirección del Penal Ancón II anunció hoy que el Consejo Técnico Penitenciario del Penal Ancón II exige al interno Antauro Humala Tasso la sanción de “Limitación de comunicaciones con el exterior, sin Perjuicio del Derecho a la Defensa” por treinta días, prevista en el artículo 76.2 del Reglamento del Código de Ejecución Penal.
La Dirección del Penal indicó que hoy 4 de noviembre de 2020 a las 3 p.m. se hizo la audiencia de lectura de la Resolución N° 011-2020-INPE-ROL/EP-ANCÓN II-CTP, emitida por el Consejo Técnico Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario (INPE).
Se conoce que, además, la pena impuesta se da en la línea de la investigación disciplinaria ejecutada hacia el interno Antauro Humala Tasso tras haber cometido el 10 de septiembre un error de carácter disciplinario considerable al “Interferir o Desobedecer las Disposiciones de Seguridad”.
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La titular del INPE, Susana Silva, dio a conocer que se empezó un proceso disciplinario a Antauro Humala por las comunicaciones políticas, no obstante, la sanción no llegó a una situación mayor.
Por último, la entidad precisó que respecto a la sanción dada, se debe detallar el respeto libre a la autonomía del órgano instructor y sancionador del Establecimiento Penitenciario Ancón II, así también como los mencionados principios del debido proceso, que especialmente tiene a los referidos al acatamiento de plazos y derecho a la defensa. En esa misma línea, en medio de la audiencia, Antauro Humala tuvo la compañía de su abogado defensor Armando Sigifredo Sandoval Rosales.
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