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Devolución a fonavistas se puede exigir mediante acción de cumplimiento y cobro

Según el constitucionalista García Belaunde, existen medidas legales para que el Ejecutivo cumpla la ley Fonavi.

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26/06/2021 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023

Frente a la omisión del Ejecutivo ante la devolución de aportes del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), el constitucionalista Domingo García Belaunde sostuvo que los fonavistas pueden presentar, de forma individual o colectiva, una acción de cumplimiento o de cobro para que las autoridades correspondientes procedan con el ansiado reembolso.

En diálogo con esta casa editora, García cuestionó al Estado por no pagar las deudas que tiene en diferentes sectores y en términos generales, se puede exigir al gobierno de turno el cumplimiento de las leyes mediante la acción de cumplimiento, medida constitucional para ordenar la aplicación de una norma, o una acción de cobro, que podría llegar al embargo de las cuentas implicadas hasta que se pague lo establecido.

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“De forma individual o colectiva, pueden presentar una acción de cumplimiento para que se ordene la ejecución de una ley, o incluso una acción de cobro, que puede llegar al embargo de las cuentas bancarias para que se ejecute un pago, en este caso mediante el Banco de la Nación”, explicó.

Dijo que esto, basado en el caso Fonavi, podría presentarse porque es legítimo, pero dependería del Poder Judicial aceptarlo o no.

El Dato: El Gobierno de transición o el próximo, debe respaldar la devolución de aportes ante las dos sentencias a favor de los fonavistas, emitidas por el Tribunal Constitucional y la CSJL, enfatizó el abogado Jorge Liendo.

“Estas medidas, si salen a favor de los solicitantes es de carácter personal, pero si se presenta a través de una federación, debidamente inscrita, se benefician sus miembros. Eso se podría hacer en un panorama general”, refirió.

Para la constitucionalista Angélica Sayán, es necesario llevar una acción de cumplimiento a un juzgado constitucional para que el Ejecutivo cumpla la ley de devolución de aportes “porque están en un grave desacato”.

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“Tenemos el reciente caso de la ciudadana Salas, que le reconocieron el derecho a la devolución. Eso aplicaría a los demás fonavistas”, agregó.

En manos de las autoridades

El constitucionalista Fernando Calle indicó de forma neutral que la sentencia a favor de Otilia Martha Salas López garantiza un derecho y cualquier exafiliados al Fonavi también puede exigirlo, “ya los jueces decidirán” el sentido de sus fallos. Como se recuerda, Salas ganó un proceso en la Corte Superior de Justicia de Lima sobre su derecho a la devolución de sus aportes.