07/05/2022 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023
El Congreso de la República, presidido por María del Carmen Alva, publicó este sábado una resolución en el boletín de normas legales de El Peruano, que declara la vacancia del defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, una semana después de que presentara su renuncia.
A través de la resolución 017-2021-2022-P-CR, se establece que la vacancia del cargo se hace efectiva a partir del 30 de abril de 2022.
Walter Gutiérrez había asumido la dirección de la Defensoría del Pueblo desde el 2016. Su gestión debió finalizar en setiembre de 2021, según señala la normativa vigente. Esta renuncia ya había sido anunciada por Gutiérrez desde el 27 de abril pasado, y ejerció el cargo hasta el 29 de abril del 2022.
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Asimismo, el texto precisa que ese mismo día se encargaron las funciones de defensor del Pueblo a Elina Revollar Añaños, primera adjunta de la Defensoría del Pueblo desde el 30 de abril y hasta que el Parlamento designe a un nuevo titular y asuma las funciones correspondientes
DEMANDA COMPETENCIAL
Durante la presentación de su renuncia, anunció que la institución presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) una “demanda competencial por menoscabo” en contra del gobierno del presidente de la República, Pedro Castillo.
“El Ejecutivo no ha cumplido, ni siquiera, con responder las recomendaciones de supervisiones, de informes que ha hecho la Defensoría. Y voy a poner solo dos ejemplos...Uno de ellos tiene que ver con la supervisión que hicimos sobre libertad de expresión e información...Y lo propio sucedió con nuestra comunicación sobre el cumplimiento del principio de idoneidad...Lo que estamos pidiendo al TC es que pida que el Ejecutivo cumpla con responder. No con una respuesta aparente sino que tenga el contenido de lo que demanda nuestro planteamiento”, precisó.
Además, para Walter Gutiérrez, la omisión de la respuesta del Poder Ejecutivo “menoscaba la posibilidad de que la Defensoría cumpla sus funciones”. Por ello, explicó que si el Gobierno no responde, significaría una “infracción constitucional” por la que el jefe de Estado podría ser sancionado.
“En nuestro modelo constitucional sí es posible acusar al presidente de la República”, puntualizó.
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