04/02/2021 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023
De manera clara y concisa, la defensa del Congreso de la República refutó ayer los argumentos que expuso el Ejecutivo contra la devolución de aportes de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), como lo establece la Ley N°31083 aprobada por insistencia en diciembre del 2020, ante el Tribunal Constitucional (TC).
El encargado del Parlamento en procesos constitucionales, Guillermo Llanos Cisneros, manifestó que no se evidencia ninguna inconstitucionalidad y se debe tener en consideración las tres medidas que implica la norma: una retribución para los jubilados de Decreto Legislativo 19990 igual a una remuneración mínima vital (S/930), el retiro de una UIT (4,300) y el reembolso total de aportes para los adultos mayores de 65 años que aún no se jubilan.
“Lo que se ha buscado es garantizar el derecho a la seguridad social a las personas que han aportado y no van a tener una pensión, objetivo que busca justamente el sistema. Hay que tener en consideración la situación de las personas vulnerables (...) Hay afiliados que van por la vía judicial porque no alcanzaron los 20 años de contribución y no reciben nada”, manifestó en la audiencia oral que se desarrolló de manera virtual.
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Respecto al alegato del Gobierno sobre la vulneración al tesoro público, ya que es un sistema solidario y los aportes de los trabajadores activos forman las pensiones de los jubilados, respondió que no afecta ningún recurso del Estado.
“En las comisiones ordinarias han insistido que este dinero no forma parte del recurso, sino un fondo que le pertenece a quienes han aportado. Por lo que no iría contra la facultad del Ejecutivo de administrar la hacienda pública”, enfatizó.
Al instante, el abogado José Palomino Manchego, quien elaboró el informe que se coadyuvó con la respuesta del Legislativo, expresó que el sistema es autosostenible y el concepto de solidaridad está siendo desnaturalizado, por lo que el TC debe proporcionar la garantía jurisdiccional de la Constitución.
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“No toda la producción legislativa que expide el Congreso puede ser inconstitucional. Se está cayendo en la cuenta, en estos últimos tiempos, que el Parlamento produce leyes inconstitucionales. Esta demanda pretende hacer eso. Nunca he visto una demanda que contenga y sostenga, sin pies ni cabeza, tantos vicios”, puntualizó.
La presidenta del TC, Marianella Ledesma, dejó al voto la causa. En los próximos días, los magistrados ya podrían emitir un fallo. Cabe precisar que se necesita cinco votos para declarar la inconstitucionalidad de la ley ONP.
◼ Posición del Ejecutivo
El procurador público en materia constitucional del Ministerio de Justicia, Luis Huerta, insistió que hay una vulneración en el equilibrio fiscal. “Nos se puede disponer o autorizar gastos sin el financiamiento correspondiente. No existe recursos para cubrir el alrededor de 15 mil millones de soles que implicaría acatar la ley”, subrayó.