24/01/2021 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023
Los abogados constitucionalistas Enrique Ghersi y Angélica Sayán aseguran que la Ley N°31083, que establece la devolución de aportes de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), es constitucional y el argumento del Ejecutivo en la demanda de inconstitucionalidad no tiene asidero legal.
“La norma no viola ningún principio de la Constitución. Lo que se ha establecido es una modificación a la ley previsional, más no se ha generado un nuevo gasto en el presupuesto. El gobierno ha cometido un error al alegar argumentos que no tienen asidero legal. En líneas generales, las contribuciones se pueden devolver, un caso es el Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi)”, manifestó Ghersi a Exitosa.
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Asimismo, consideró que la ley no puede ser la mejor, pero no significa que sea inconstitucional y que sea llevada al Tribunal Constitucional (TC) con una posición mediocre por parte del procurador público, en representación del Ejecutivo.
“Han caído bajo, se han equivocado de estrategia. No significa que la ley sea la mejor, pero no significa que sea inconstitucional. Lo que se necesita de fondo es una reforma del sistema, pero será el debate después de las elecciones”, sostuvo.
En esa línea, Angélica Sayán declaró que la demanda que interpuso el gobierno de transición “no solo es injustificable, sino inhumano”.
“Los funcionarios que se oponen deben responder por omisión y falta de ejecución de la norma. La ley es clara, al establecer la intangibilidad de los recursos, como expresión de la Garantía Institucional de la Seguridad Social (artículo 12 de la Constitución), tiene como fin salvaguardar a la ciudadanía”, resaltó.
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Agregó que el TC debe actuar en beneficio de los 4.7 millones de peruanos que esperan tener su dinero de vuelta para sobrevivir a esta segunda ola de contagio por la Covid-19.
◼ Régimen previsional
Como especialista en derechos humanos, Sayán complementó que el régimen previsional “debe asegurar su propia eficiencia, sostenibilidad y existencia”. “La ley establece la devolución de los fondos de la ONP a sus aportantes y es constitucional, más si se tiene en cuenta el estado de emergencia nacional, en donde se debe salvaguardar el derecho a la vida y la salud de la persona”, concluyó.