Procuradurías del Minsa y Minjus no apelarán sentencia del caso Ana Estrada
¡Atención! Este martes, la Procuraduría General del Estado informó que la procuraduría pública del Ministerio de Salud (Minsa) y la del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) no apelarán la sentencia dictada en el caso de Ana Estrada, quien tomó la decisión de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia
De esta forma, la decisión tomada por el Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima no será apelada por ninguno de las procuradurías de los ministerios mencionados.
Como se recuerda, el pasado 25 de febrero el Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ordena al Ministerio de Salud (Minsa) y a EsSalud respetar la decisión de Ana Estrada, de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia.
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En ese sentido, dispone que se inaplique el artículo 112° del Código Penal vigente, para el caso Ana Estrada; razón por la cual quienes la asistan en su decisión no serán procesados. Siempre que se practiquen de manera institucional, legal, y en el tiempo y oportunidad en que lo especifique.
El fallo dispone que ambas instituciones deberán conformar sendas comisiones médicas interdisciplinarias; con la reserva de la identidad de los médicos y con respeto de su objeción de conciencia; si fuere el caso, en un plazo de siete días.
EsSalud deberá formar una comisión para elaborar un plan que especifique los aspectos asistenciales y técnicos de la decisión tomada. También presentará un protocolo de cumplimiento de su derecho a la muerte digna y otra comisión para que cumpla con practicar la eutanasia propiamente dicha.
En tanto, el Minsa formará una comisión para que apruebe el plan que especifique los aspectos asistenciales y técnicos. Estas deben ser elaboradas por la comisión de EsSalud.
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