30/04/2022 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023
Tras cruzar por vía terrestre la frontera de Huaquillas (Ecuador), el presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, llegó anoche a territorio peruano, en la ciudad de Tumbes.
"Debido al mal tiempo en la localidad de Loja, Ecuador, el mandatario se vio forzado a tomar esta ruta para llegar oportunamente al Perú, luego de su viaje por el XIV Gabinete Binacional Ecuador-Perú", escribió la cuenta oficial de Twitter de la Presidencia de la República.
Como se recuerda, la tarde del viernes, Castillo y su homólogo de Ecuador, Guillermo Lasso, suscribieron una declaración conjunta con la cual concluyó el Encuentro Presidencial y XIV Gabinete Binacional en la ciudad ecuatoriana de Loja.
Al término de la cita, el mandatario peruano sostuvo que aún queda mucho tramo por recorrer para enfrentar problemas comunes como el narcotráfico, la tala indiscriminada, la delincuencia, la pobreza, la contaminación y otros.
Castillo Terrones destacó que a Perú y Ecuador los une la historia, las costumbres, la música, así como los pueblos que claman a sus autoridades por solución a sus demandas.
Por su parte, el presidente de Ecuador, Lasso, manifestó que en el encuentro en Loja se trataron temas de enorme importancia para el fortalecimiento de la relación bilateral y desarrollo en la zonas fronterizas.
En esa línea, reafirmó las iniciativas para promover el bienestar ambos pueblos, teniendo en cuenta el impacto de la pandemia del covid-19, así como la implementación de la agenda 2030 para el desarrollo sostenible.
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Qué dice la Constitución
El jefe de Estado tuvo dificultades para regresar al país vía área debido al mal clima de la ciudad de Loja, Ecuador. Esto provocó que el avión presidencial quedará inutilizado. Ante ello, se vio obligado a movilizarse por tierra para volver al Perú antes de la medianoche, hora en que finalizaba la autorización que le había dado el Congreso para su viaje.
De haberse demorado, el Parlamento tenía la potestad de iniciar un proceso de vacancia en su contra, según lo estipulado en el artículo 113°, inciso 4, de la Constitución. “Salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a él dentro del plazo fijado”, dice la Carta Magna.
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