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ONP | Gobierno presentó demanda de inconstitucionalidad contra ley que devuelve fondos

Este miércoles, el Poder Ejecutivo presentó demanda de inconstitucionalidad por la ley que aprueba la devolución de fondos de la ONP

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09/12/2020 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023

Este miércoles, a través de la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional, el Poder Ejecutivo, tal y como lo había anunciado, presentó la demanda de inconstitucionalidad contra la ley que propone devolver fondos de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

Como se conoce, esta ley -aprobada por insistencia por el Congreso de la República- faculta el retiro de hasta 4.300 soles de la ONP, y la devolución de aportes para los afiliados mayores a 65 años que no accedieron a una pensión.

Luis Alberto Huerta Guerrero, Procurador Público Especializado en Materia Constitucional, fue quien presentó esta demanda. La misma alega que la ley aprobada por el Parlamento afecta las siguientes normas constitucionales:

Los artículos 10º, 11º y 12º sobre el derecho a la pensión y el carácter intangible de los fondos para el pago de pensiones. Al respecto, en la demanda se afirma que la Ley afecta el Sistema Nacional de Pensiones, que funciona como un “fondo de reparto solidario”, en donde el otorgamiento de pensiones a los actuales pensionistas se financia con lo recaudado por el aporte de los afiliados activos. Si este fondo se emplea para dar cumplimiento a la Ley, se pondría en riesgo el pago de pensiones.

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-El artículo 43º de la Constitución, que reconoce el principio de separación de funciones, que comprende la obligación de cooperación entre órganos constitucionales. En el presente caso, se señala que la Ley ha sido emitida al margen de la interacción que debe existir entre el Congreso de la República y el Poder Ejecutivo para expedir normas que tienen impacto en la economía del país.

-El artículo 118º, numerales 3 y 17, sobre la competencia del Poder Ejecutivo para administrar la hacienda pública. Al respecto, se señala que la Ley n.° 31039 genera un gasto público con repercusión en el presupuesto nacional, pues tendría que ser cubierta con fondos públicos. Dicha norma no fue resultado de alguna iniciativa legal planteada por el Poder Ejecutivo. Además, a pesar de las observaciones formuladas por el Poder Ejecutivo respecto a la falta de sostenibilidad financiera y presupuestal de las propuestas, el Congreso decidió aprobar la Ley.

-El artículo 79º de la Constitución, sobre la proscripción de la iniciativa de gasto del Congreso. Esto es importante, pues los congresistas no pueden emitir normas que generen un gasto público no presupuestado. Asimismo, en la demanda se alega que el impacto fiscal de lo aprobado por la referida Ley asciende a 15,000 millones de soles, cifra que no se encuentra prevista en el presupuesto público.