JEE de Lima Oeste 1 resolvió declarar fundado pedido de nulidad de las elecciones en lince
Este sábado, el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Oeste 1 declaró fundado el pedido para anular las elecciones en el distrito de Lince por graves irregularidades en el proceso y por vulneración de la normativa electoral y derechos fundamentales de carácter constitucional.
Según especifica la Resolución N° 01963-2022-JEE-LIO1/JNE, el símbolo de la organización política Avanza País no fue incluido en la cédula de votación para dicha jurisdicción, pese al mandato dictado por el Quinto Juzgado Constitucional de Lima.
“Declarar fundado el pedido de Nulidad presentado por el personero legal de la Organización Política AVANZA PAIS - PARTIDO DE INTEGRACION SOCIAL, Aldo Fabrizio Borrero Rojas. En consecuencia, declarar la nulidad de las elecciones municipales en el distrito de Lince, Provincia y Departamento de Lima, por haberse acreditado graves irregularidades en el desarrollo del proceso, y por la vulneración de la normativa electoral y derechos fundamentales de carácter constitucional, que deben ser repuestos a su estado anterior, a fin de garantizar el debido proceso electoral y la plena y libre expresión de voluntad del electorado”, se lee en la resolución del JEE de Lima Oeste 1.
La decisión fue notificada al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) el pasado 16 de octubre de setiembre, para la inscripción y publicación de la lista de candidatos de Avanza País para el Consejo Municipal Distrital de Lince. Sin embargo, esto no habría sido acatado por la Oficina Nacional de Proceso Electorales (ONPE), pues es el organismo encargado de la elaboración e impresión de las cedulas de votación.
Por ello, señalan que al no haberse incluido a Avanza País en la lista de candidatos “per se” origina una “distorsión en la votación pues se ha privado a los electores de tener a la vista dicha candidatura y eventualmente votar por ella”.
Finalmente, se dispuso remitir la resolución a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) de Lima Oeste 1, así como a la ONPE para su conocimiento y fines.
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