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Delgado Guembes sobre denuncia constitucional contra Pedro Castillo: "La Convención de la ONU no aplica"

El ex oficial mayor del Congreso consideró que el Parlamento debe tomar otro camino constitucional como la vacancia presidencial o suspensión por incapacidad temporal.

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13/10/2022 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023

En entrevista para Exitosa, el ex oficial mayor del Congreso, César Delgado Guembes, explicó que la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción no aplica en el caso de la denuncia constitucional contra el presidente Pedro Castillo, tal como lo recomendó la fiscal de la Nación, Patricia Benavides.

La titular del Ministerio Público había indicado que el Congreso debía revisar la denuncia constitucional contra el jefe de Estado teniendo en cuenta la Convención de la ONU por encima del derecho peruano, el código penal y la Constitución Política. No obstante, el especialista señaló que esto no será posible.

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"El Congreso deberá declarar la improcedencia de la denuncia contra el presidente de la República porque la Convención de la ONU no resulta aplicable porque no ha reformado la Constitución", señaló.

En el artículo 117 de la Constitución Política se establece que el presidente puede ser acusado, durante su periodo, por traición a la patria, por impedir elecciones presidenciales, congresales, regionales o municipales; por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, o por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral.

Delgado Guembes recordó que la fiscal de la Nación ha denunciado al mandatario por los delitos de presunta organización criminal, tráfico de influencias y colusión, que no están estipulados en este artículo de la Carta Magna.

Para que la Convención de la ONU aplique, se debió aprobar bajo reforma constitucional. Sin embargo, solo se aprobó a través de un procedimiento legislativo ordinario en el 2004.

"Para que las convenciones o tratados con contenido constitucional tengan vigor en el Perú, la Convención se debió aprobar bajo reforma constitucional, pero eso no ocurrió", aseveró.

En esa línea, el experto consideró que el Parlamento debe tomar otro camino constitucional como la vacancia presidencial o suspensión por incapacidad temporal.

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