22/02/2022 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023
La bancada de Perú Democrático presentó un proyecto de ley que propone la modificación de diversos artículos del Código Civil, a fin de que los padres tengan la facultad de elegir el orden de los apellidos de sus hijos.
También te puede interesar: Acción Popular sobre moción de censura contra Alva: Buscan desacreditar la imagen del Congreso
La autora de la iniciativa legislativa es la congresista y actual ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Betssy Chávez, quien cuenta con las firmas de sus colegas de bancada.
Según establece el proyecto de ley, el orden de los apellidos se da por voluntad de los padres por mutuo acuerdo antes de inscribir a sus hijos. En caso de no existir un acuerdo, precederá el apellido paterno sobre el materno.
También refiere que “el orden de los apellidos inscritos para el hijo o la hija mayor rige para las inscripciones de nacimiento de los siguientes hijos o hijas del mismo vínculo”.
Con respecto al artículo 21°, sobre la inscripción del nacimiento, la propuesta de Chávez señala que cuando el padre o la madre efectúe separadamente la inscripción del nacimiento del hijo o hija nacido fuera del vínculo matrimonial, podrá revelar el nombre de la persona con quien lo hubiera tenido.
También te puede interesar: Muñante a Betssy Chávez sobre denuncia contra Alva: “Que asuma las consecuencias legales”
“En este supuesto, el hijo o hija llevará el apellido del padre o de la madre que lo inscribió y el primer apellido del presunto progenitor, en el orden que establezca la madre o el padre que efectúa la inscripción, en este último caso no establece vínculo de filiación”, se explica.
Luego de la inscripción, dentro de los treinta días, el registrador, bajo responsabilidad, pondrá en conocimiento del presunto progenitor tal hecho, de conformidad con el reglamento.
Asimismo, la iniciativa establece que cuando la madre no revele la identidad del padre, podrá inscribir a su hijo o hija con sus apellidos.
◼ ¿Qué pasa con los hijos adoptados
En relación con los hijos adoptados, el proyecto de ley señala que el “el adoptado o la adoptada lleva los apellidos del adoptante o de la adoptante o de los adoptantes”.
“En tal caso, lleva como primer apellido el del padre adoptante y como segundo el de la madre biológica, o el primer apellido del padre biológico y el primer apellido de la madre adoptante, según sea el caso”, explica Betssy Chávez a través de su iniciativa legislativa.
Otras noticias en Exitosa: