29/05/2022 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023
¡Atención! Este domingo, a través de sus redes sociales, Katherine Ampuero, exprocuradora anticorrupción, saludó la decisión del fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, de amplia la investigación contra el presidente de la República, Pedro Castillo Terrones. Además, tildó de “nefasto precedente” la posición de Zoraida Ávalos, extitular de la Fiscalía de la Nación, quien suspendió dichas investigaciones.
“Fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, abre investigación contra el presidente Castillo y dispuso la realización de actos de investigación en su contra. Con esta decisión prevalece la Constitución y deja de lado nefasto precedente de exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, que benefició irregularmente a Vizcarra y Castillo”, escribió Ampuero en su cuenta de Twitter.
Cabe precisar que, este domingo, el fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, ordenó ampliar la investigación preliminar en contra del presidente de la República, Pedro Castillo, debido a que habría cometido el presunto delito de organización criminal, tráfico de influencias agravado y colusión agravada, así lo informó el Ministerio Público a través de sus redes sociales.
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Asimismo, anunció que el mandatario, Castillo Terrones, será incluido en las indagaciones sobre la presunta organización criminal denominada 'Los Niños', grupo que fue denunciado por la empresaria y colaboradora eficaz, Karelim López. Como se recuerda, en estas investigaciones también están involucrados otras autoridades, tales como el exministro de Transportes y Comunicaciones, Juan Silva, y seis congresistas de Acción Popular, quienes formarían parte de la supuesta agrupación 'Los Niños'.
Además, reveló que se tomó la decisión de incluir al jefe de Estado “luego de un análisis técnico jurídico, ante la seriedad y gravedad de las imputaciones”. En esa línea, informó que el presidente ya fue notificado al respecto y que se garantizará el pleno ejercicio de su derecho de defensa.
La institución también señaló que respetará el artículo 117° de la Constitución Política, que indica que el mandatario solo puede ser acusado, durante su gestión, por “traición a la patria, por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales, por disolver el Congreso fuera del marco constitucional, y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral”.
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