30/06/2022 / Exitosa Noticias / Edic. impresa / Actualizado al 09/01/2023
Proyecto de ley, tiene nombre propio: “favorecer a corruptos”, pretender sancionar a los que den información a la opinión pública, sobre conductas que se ventilan en una investigación preliminar o preparatoria, carácter reservado, obtenida mediante pagos a quien lo proporcione, será sancionado penalmente, hasta con 4 años de pena privativa de libertad.
El literal d) del inciso 24, artículo 2 de la Constitución, señala: “Nadie será procesado o condenado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no esté previamente calificado en la ley de manera expresa e inequívoca, como infracción punible (...)”
De acuerdo, a lo que vienen exponiendo altos funcionarios del Ejecutivo, tenemos que cuando mencionan que se va a penalizar a los informen y que hayan actuado, mediando pago de por medio, es decir, si no se demuestra lo último, el hecho es atípico, o sea, quien da la información y al difundirla es por interés público o para que se conozca los actos de corrupción no sería delito. Es por ello que los proyectos de leyes elaborados con fines políticos, no son siempre constitucionales, pues debe tenerse en cuenta que una ley penal debe ser expresa e inequívoca. Esperamos que la comisión respectiva del Ilustre Colegio de Abogados de Lima, emita un pronunciamiento en defensa de la juridicidad del país.
El Código Procesal, elaborado por técnicos y especialistas, fijaron en forma expresa que ante la vulneración a la reserva de la investigación preliminar, a los fiscales, jueces y abogado, se le aplican sanciones disciplinarias, de tal manera que dicho proyecto no está dirigido a los sujetos procesales, antes mencionados, sino a los periodistas, quienes no tienen acceso a la carpeta fiscal; sin embargo, en base a este proyecto reitero es inconstitucional, por atentar contra la libertad de prensa, reconocido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Constitucional, más aún, cuando se trata de impedir, bajo esta amenaza, no tengamos conocimiento actos o conductas llevadas a cabo por altos funcionarios de este gobierno incluyendo al presidente de la República, motivo por el cual es una ley con nombre propio, para favorecer a los corruptos y que sigan lucrando delictivamente con dinero estatal.
La Universidad César Vallejo, informa a SUNEDU que la tesis del presidente de la República y su esposa ha sido plagiada casi en la totalidad; y, quienes llevaron a cabo una conferencia de prensa, sosteniendo que solo se había plagiado 45% y había que resaltar la originalidad de la tesis, habrían incurrido en el delito de falsedad genérica.
El fiscal de Tacabamba, encargado de la investigación, se ha inhibido y enviado la carpeta fiscal a la Fiscalía de Trujillo, es necesario estar pendiente que esta Fiscalía no disponga el archivamiento, pues de hacerlo, incurriría en prevaricato.
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