19/04/2022 / Exitosa Noticias / Edic. impresa / Actualizado al 09/01/2023
Bastante indignación y polémica ha causado en la comunidad jurídica y en la opinión pública nacional, los últimos sucesos acaecidos la semana pasada, mediante el cual el imputado Juan Antonio Enríquez García habría secuestrado y agredido sexualmente a una menor de 03 años de edad.
No cabe duda que la reacción popular y parte de respuesta de la clase política es entendible, toda vez que nos encontramos frente a la comisión de un delito considerado muy grave, contra una menor de edad y que, desde luego, merece el repudio de toda la comunidad jurídica.
En tal sentido, el Ministerio Público y el Poder Judicial han cumplido con su trabajo, toda vez que se ha declarado fundada la medida cautelar de prisión preventiva de 09 meses y luego corresponderá a las partes procesales, presentar toda la prueba de cargo y descargo para que se emita una decisión, conforme lo establece el artículo 173 del Código Penal que prescribe una pena de cadena perpetua.
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En tal sentido, importa hacer pedagogía y explicar de manera detallada y sin apasionamientos el desarrollo del proceso, pues la población lambayecana consideraba que ya lo habían sentenciado al agresor sexual a nueve meses de pena privativa de la libertad, cuando aún se trataba de una medida cautelar provisional de prisión preventiva, pues el tema de fondo se resolverá en el desarrollo del juicio oral.
Según los entendidos, la castración química se realiza a través de la administración de una hormona, la cual inhibe la libido de la persona a la que se le aplica, al no producir tetosterona, ni esperma, como también elimina por completo el deseo de la actividad sexual. Es bastante cierto que, frente a casos de violaciones sexuales contra menores de 14 años, la reacción social es bastante grande, pues se ha llegado hasta insinuar que la castración química es una pena demasiado benigna, frente a tamaño delito y se ha propuesto el debate de la pena de muerte para dichos acusados; sin embargo, ello no es posible debido a que el Perú está suscrito al Pacto de San José.
Diferentes juristas y estudiosos han manifestado que no se puede aplicar la castración química a un violador sexual, que ya se le aplicó la cadena perpetua, pues este ya no causaría daño a la sociedad, toda vez que de por vida se encontraría recluido en un centro penitenciario.
Además, se viene indicando que la castración química no es una solución para los violadores, no evita la reincidencia, el tratamiento es reversible, la medida es muy costosa, pues cada dosis cuesta 300 dólares y no se realiza solo una vez, pues tendría que realizarse continuamente para que se mantenga, además el costo lo asumiría el Estado y el violador puede volver a violar, porque existen otras formas de abuso sexual, en la que no necesariamente se usa el miembro viril para realizar la agresión sexual. Se corre traslado.
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