12/02/2022 / Exitosa Noticias / Columnistas / Actualizado al 09/01/2023
En estos tiempos en que se vienen evaluando en el Congreso, cambios a la Ley Universitaria, sobre todo en lo relacionado con la Sunedu, tenemos que reconocer que se hizo imperativo hacer una reforma universitaria, puesto que algunas universidades solamente tenían el nombre, pero no contribuían al conocimiento de las ciencias ni de las letras, como tampoco investigaban.
Las personas que se supone eran instruidas en tales universidades de deficiente gama, no podían conseguir empleo calificado ni ejercer actividad productiva exitosa, simplemente no estaban preparadas, de allí que se hizo evidente que algunos centros de estudios superiores, en la práctica perpetraban estafa educativa.
La reforma a la que nos estamos refiriendo se inició hace aproximadamente diez años y se concretó hacen ocho a través de la Ley Universitaria 30220. ¿Tal Ley es perfecta?, por supuesto que no, más aún no hay obra humana perfecta, aunque si perfectible. ¿Es dicha Ley pésima o por lo menos solo mala? Tampoco es verdad, pues tiene aciertos como también defectos, lo que hace necesario que se fortalezcan los primeros y que se rectifiquen los segundos, que es lo que hace la gente sensata.
Como sabemos, en el Congreso de la República se ha aprobado en primera votación y falta aún la segunda, algunas modificaciones a la Ley Universitaria 30220, ellas vinculadas a Sunedu que es el organismo regulador del Estado en materia universitaria, encargado sobre todo de licenciar a las universidades, teniendo como ente rector al Ministerio de Educación. Sunedu está jefaturada por un superintendente que lo nombra el Poder Ejecutivo, además en su Consejo Directivo participan un representante de CONCYTEC, que es entidad también del Estado y cinco personas seleccionadas por concurso público a cargo del Ministerio de Educación.
Como vemos las universidades dependen de Sunedu que a su vez depende del Ministerio de Educación, este del Poder Ejecutivo, el cual forma parte del Estado. Esto significa sin disfraces que Sunedu es un organismo absolutamente dependiente del Estado, pero que tiene que dar la partida de nacimiento y supervisar a las universidades, las cuales por mandato de la Constitución son autónomas en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico.
Como vemos un ente absolutamente dirigido por representantes del Estado debe regular a las universidades que son autónomas, por lo que se hace necesario modificar la composición del Consejo Directivo de Sunedu para que sea plural, con representantes mayoritarios del sector público como es el Ministerio de Educación el SINEACE, el CONCYTEC, las universidades públicas, pero además también representantes del sector privado como es el Consejo de Decanos de los Colegios Profesionales y de las universidades privadas.
Adicionalmente se tiene también que corregir el inmenso, diría inconmensurable campo de acción de Sunedu, que no compatibiliza con la autonomía universitaria, ya que sus competencias en la práctica hoy son omnímodas.
Si bien la Ley Universitaria es constitucional a criterio del Tribunal del mismo nombre, ello no significa que sea intangible y, por lo cual es modificable, pero sin colisionar con la meta de la excelencia universitaria.
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