Otorgan dos días al año de licencia con goce de haber a trabajadores para que se realicen chequeos oncológicos
El Gobierno del Perú promulgó la Ley N° 31479 que instaura la licencia con goce de haber por dos días en todo el año para los empleados que vayan a realizarse chequeos oncológicos de prevención.
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El Ejecutivo hizo oficial la modificación (se adicionó un nuevo artículo) en la Ley Nacional contra el Cáncer, que garantiza la cobertura universal, gratuita y prioritaria para los pacientes cancerológicos, esta vez, brindándoles más de una oportunidad, dependiendo del trabajador, durante su año laboral para que puedan llevar a cabo los exámenes preventivos.
Se puede acceder a la licencia de esta ley, que fue aprobada con anterioridad por el Congreso de la República, mediante una previa coordinación con el empleador correspondiente, al cual habrá que mostrar la orden médica en la que se visualice los exámenes a realizar, así como el acuerdo para la compensación de horas de trabajo.
El nuevo articulo 12 en la Ley Nacional contra el Cáncer indica lo siguiente:
“Los trabajadores, sin perjuicio de que su empleador sea del sector público o privado e independientemente de la naturaleza contractual de su vínculo laboral, tiene derecho a una licencia anual compensable, hasta dos días hábiles, consecutivos o no, para someterse a sus exámenes preventivos oncológicos. Para acceder a esta licencia, previamente el trabajador debe coordinar con el empleador o autoridad superior, además de presentar la orden médica en la se indiquen los exámenes a realizar. Asimismo, posteriormente debe presentar documentos que acrediten dicha atención. La licencia otorgada al trabajador será compensable con horas de trabajo que serán acordadas con el empleador”.
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