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Elecciones 2021: JNE ratifica su imparcialidad en la inscripción de los partidos políticos

El Jurado Nacional de Elecciones informó su total imparcialidad ante los procesos de inscripción de los partidos políticos, para las elecciones del 2021.

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Elecciones 2021 JNE ratifica su imparcialidad en la inscripción de los partidos

07/10/2020 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

Las próximas elecciones generales del 11 de abril del 2021, han generado una gran controversia debido a los polémicos casos de corrupción que vive actualmente el país, razón por la cual el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), indicó que cualquier agrupación política que tenga alguna observación o cuestionamiento en el proceso de inscripción, podrá ser interpelado ante el recurso que corresponda, toda vez que el principio de la doble instancia garantiza el debido proceso.

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El JNE informó, que dentro del reglamento del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), se establece en el artículo 43:

“Que en caso se adviertan errores formales o técnicos en la presentación del padrón físico de afiliados, en los libros de comités o en los medios magnéticos que los soportan, estos se devuelven a la colectividad política para que subsane dichas deficiencias en el plazo de dos días hábiles”.

Si dado el plazo correspondiente, el partido político no cumpliera con la subsanación de errores o inconsistencias detectadas, se procederá a declarar como no presentada la solicitud de inscripción.

En caso de ser declarados improcedentes, la organización política puede presentar un recurso de apelación ante la Oficina de Servicios al Ciudadano del JNE, la cual eleva el documento a su superior jerárquico para que este decida si el recurso es procedente o no. Además, dentro del reglamento se menciona que el director de la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas será el único funcionario facultado para inscribir partidos políticos, movimientos regionales y alianzas electorales.

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El JNE, aseveró que el documento de 134 artículos y 13 anexos, vigente desde el 8 de diciembre de 2019, establece las normas y los requisitos para la inscripción de las organizaciones políticas y los diversos trámites que debe seguir para cumplir con ese propósito, reafirmando su postura de imparcialidad antes los procesos electorales.