Congreso aprueba ley que regula explotación de juegos y apuestas deportivas a distancia
El ministro de Comercio Exterior y Turismo, Roberto Sánchez, anunció que el Congreso de la República aprobó la ley que regula la explotación de los juegos y apuestas deportivas a distancia.
Sánchez señaló que dicha aprobación fue posible por el trabajo coordinado entre el Ejecutivo y Legislativo, permitiendo que esta actividad, que genera movimiento económico, también pague impuestos.
Como se sabe, el Ejecutivo presentó un proyecto de ley, al que se sumaron textos de otros proyectos presentados por el Legislativo.
Además, el ministro indicó que esta actividad debía ser regulada porque “nadie debe generar actividad sin tributar”.
Al igual que proteger a los sectores vulnerables de la población mediante controles de acceso de menores de edad y ejecución de políticas de juego responsable para prevenir el desarrollo de conductas adictivas. También evitar que esta actividad sea empleada para actos de delitos informáticos, fraudes y otros ilícitos.
El Mincetur estima que los juegos y apuestas deportivas mueven alrededor de 1,000 millones de dólares, sin rendir ingresos al erario nacional. Con esta aprobación, se podrá recaudar 160 millones de soles anuales a ser invertidos en la reactivación del turismo, también en obras de infraestructura pública y promover el deporte.
Por otro lado, la ley indica que se prohíbe la participación en los juegos y apuestas deportivas a distancia de los menores de edad y personas con ludopatía, identificadas a través del Registro de Personas Prohibidas a Acceder a Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas.
Cabe destacar que, el Mincetur y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones está en la obligación de ejecutar bloqueos de páginas WEB, direcciones IP, URL y/o aplicaciones informáticas, donde se realicen ofertas de juegos y apuestas deportivas de páginas no autorizadas por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
Las sanciones aplicables a las empresas y laboratorios de certificación autorizados que incurran en infracción administrativa son las siguientes: amonestación, multa de 1 a 200 UIT, cancelación de la autorización administrativa, inhabilitación hasta por diez años, o inhabilitación permanente.
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