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¡Atención, padres! Colegios privados solo están autorizados para cobrar por tres conceptos, dice Indecopi

En diálogo con Exitosa, la gerenta de supervisión y fiscalización de Indecopi, Ana Peña, informó que montos por otros conceptos adicionales no están permitidos.

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09/03/2021 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

¡Atención, padres! Los colegios privados solo están permitidos para cobrar por tres conceptos, indica la gerenta de supervisión y fiscalización del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), Ana Peña.

En diálogo con Exitosa, Peña explicó que las escuelas particulares solo pueden cobrar por la cuota de ingreso por única vez. El segundo monto permitido es el cobro de la matrícula -cuyo monto debe pagarse solo una vez al año y no debe ser mayor a la pensión-, y por último está autorizado el concepto por pensión mensual.

"Solo son tres los montos o conceptos autorizados. Cualquier cuarto monto -le pongan el nombre que le pongan-, como cuota extraordinaria, gastos administrativos, mejor educación, etc. no están permitidos", informó Peña.

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Por otro lado, la gerenta aseguró que los padres sí se pueden organizar en las Asociaciones de Padres de Familia, conocido como Apafa. Sin embargo, indicó que los montos, para mejorar el equipamiento e infraestructura de los colegios, no están obligados a ser pagados por los familiares. "Está prohibido que el colegio haga suyo el cobro de la cuota de Apafa. No está permitido", comentó.

En otro momento, Peña se pronunció sobre los colegios particulares que están cobrando por los conceptos de libros físicos y por el uso de plataformas virtuales que se usan para la educación virtual.

"Esto es parte del servicio educativo y no pueden condicionarte a nada porque precisamente se está pagando a una pensión mensual. No se puede condicionar porque ya estás pagando", recalcó.

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