El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la Directiva Sanitaria para el cuidado integral de la salud de las personas con enfermedades no transmisibles como las cardio metabólicas, oculares, raras o huérfanas, exposición a metales pesados y otras sustancias químicas, en el contexto de la pandemia por COVID-19.
La directiva aprobada por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Minsa, a través de la Resolución Ministerial 498-2020-MINSA, establece los criterios técnicos que deben implementar los establecimientos de salud para brindar servicio a sus pacientes.
En el caso de los pacientes con diagnóstico de hipertensión y diabetes mellitus, se establece que la atención se brindará a través de teleconsulta, teleorientación, telemonitoreo, atenciones domiciliarias y teleinterconsulta. De ser necesario, se otorgará receta digital o física y se les hará entrega de los medicamentos a domicilio.
Los pacientes con insuficiencia renal crónica en hemodiálisis crónica ambulatoria serán contactados por teléfono para hacerles tamizaje por Covid-19 antes de programarles una cita.
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Por su parte, quienes tienen insuficiencia renal crónica en diálisis peritoneal crónica ambulatoria serán contactados para la realización de una teleconsulta que permita un despistaje de Covid-19 antes de su atención en el establecimiento de salud.
Las personas con enfermedades oftalmológicas podrán recibir atención remota o presencial. En el caso del servicio presencial se priorizará el tamizaje de errores refractivos (de 3 a 11 años) y de catarata (de 50 años a más), la identificación de factores de riesgo para glaucoma en personas de 40 años a más, la identificación de factores de riesgo para retinopatía diabética, evaluación ocular externa y consejería sobre el cuidado de la salud ocular.
La atención a las personas expuestas a metales pesados y otras sustancias químicas será realiza por teleconsulta o telemonitoreo, pudiendo ser presencial en el caso de exposición crónica. Los servicios de emergencia deben estar a disposición para la atención de exposición aguda.
La norma también establece que quienes padecen de enfermedades raras y huérfanas, en el escenario del Covid-19, la atención será remota o por visitas domiciliarias previamente programadas. La entrega de medicamentos se realizará utilizando también la receta electrónica.