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Estado de emergencia: ¿Qué documentos pedirán las autoridades para el tránsito de personas?

A través de un comunicado, el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior indicaron que documentos pedirá la PNP y las FF.AA para el tránsito de personas y vehículos
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24-03-2020

Como medida de prevención para evitar que el coronavirus COVID-19 se propague en nuestro país, el presidente Martín Vizcarra ordenó asilamiento social obligatorio y prohibió el tránsito de vehículos. A raíz de ello, el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior indicaron a través de un comunicado, cuáles son los documentos que exigirán las autoridades para el tránsito de personas y automóviles durante el estado de emergencia.

Se indicó que están exceptuados de estas medidas los trabajadores y vehículos de entidades y empresas dedicados a actividades esenciales, alimentos, medicinas, así como al transporte de combustible, carga y mercancías, el personal de medios de comunicación y distribución de diarios y revistas, entre otros.

Todos ellos pueden circular durante las 24 horas del día, recuerdan el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa en comunicado conjunto.

Solo deberán presentar cuando sean intervenidos por el personal militar y policial:

Pase Especial de Tránsito tramitado online

Fotocheck de la empresa o entidad

Documento Nacional de Identidad

El personal interviniente no deberá solicitar ningún salvoconducto adicional a los documentos mencionados. Además, se ordenó a los Jefes de las Regiones Militares y Policiales a nivel nacional reiterar esta disposición a todo el personal y velar por su fiel cumplimiento.