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Estado de Emergencia: Multas por incumplir cuarentena se deberán pagar en 5 días hábiles

Las infracciones serán entre S/86 a S/430, y en el caso de no omitir el pago serán impedidos de realizar transacciones bancarias o trámites en los Registros Públicos.

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14/04/2020 / Exitosa Noticias / Uncategorized / Actualizado al 09/01/2023

A través de un Decreto Supremo, publicado en el diaro El Peruano, se precisó que aquellos que incumplan las medidas impuestas por el Gobierno durante la emergencia sanitaria nacional por el contagio del COVID-19, recibirán una sanción económica.

Durante la conferencia de prensa, el ministro del Interior, Carlos Morán, indicó que las multas serán de 86 a 430 soles dependiendo el caso o incumplimiento, además se deberá pagar en 5 días hábiles, de lo contrario el monto puede incrementarse o serán impedidos de realizar transacciones bancarias, trámites en los Registros Públicos o en las notarias.

“Adicionalmente esas personas por el DNI serán prohibidas de realizar transacciones bancarias, inscripciones en los Registros Públicos o trámites en las notarias”, especificó Morán.

“Si son omisos al pago van a tener una especie de sanción civil por esa razón están notificados todos los ciudadanos del Perú que infringen la cuarentena. Si bien hay una sanción penal porque violan una decisión sanitaria del Gobierno para evitar la propagación de la epidemia, también hay sanción económica”, precisó.