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COVID-19 en Perú: estos fármacos se pueden prescribir con consentimiento informado del paciente

Minsa aprobó documento técnico que establece el uso de determinados fármacos en tratamiento de personas afectadas por Covid-19.

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31/03/2020 / Exitosa Noticias / Uncategorized / Actualizado al 09/01/2023

Las sustancias Cloroquina, Hidroxicloroquina, Azitromicina, Lopinavir/ritonavir, entre otras, se encuentran entre los fármacos que los médicos pueden transcribir -previo consentimiento informado- a pacientes que estén hospitalizados y que presenten casos moderados y severos de coronavirus COVID-19.

Cabe indicar que si bien no hay tratamientos específicos dirigidos a pacientes con sospecha o confirmación de infección por el virus del Covid-19, a través de un documento el Minsa informó que existen estudios internacionales sobre el uso de fármacos en atención de pacientes con coronavirus que ofrecen un limitado nivel de evidencia.

Por ello, este martes el Ministerio de Salud aprobó el documento técnico Prevención y Atención de Personas Afectadas por Covid-19 en el Perú, mediante Resolución Ministerial Nº 139-2020/Minsa, en el que se establece acciones dirigidas a la prevención, diagnóstico y, sobre todo, tratamiento de personas contagiadas con coronavirus.

A solicitud de las Sociedades Científicas Nacionales y en consenso con el Grupo de Trabajo Covid-19, el MINSA acogió la propuesta de poner a consideración de los médicos especialistas tratantes, sobre la base de una evaluación individual del paciente y previo consentimiento informado, los esquemas de tratamiento que las Sociedades Científicas Nacionales sugieren.

Tratamiento gratuito

El documento señala que instituciones públicas y privadas deben notificar la enfermedad de manera obligatoria, de acuerdo a la norma vigente emitida por el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Minsa. En tanto, en todos los establecimientos de salud del ámbito nacional se garantiza la gratuidad en el diagnóstico, detección y tratamiento, en el marco del Aseguramiento Universal en Salud.

Medidas de protección para el personal de salud

El documento técnico establece que todo trabajador de sector salud deberá estar vacunado contra influenza estacional y neumococo, y se realizará la prueba rápida en caso de que presente síntomas respiratorios compatibles con Infección Respiratoria Aguda (IRA) o sea contacto de un caso sospechoso o confirmado de Covid-19, o haya participado directamente en la atención de estos pacientes.

También se recomienda que los establecimientos implementen áreas administrativas y asistenciales diferenciadas para la atención de casos de Covid-19, con el objetivo de reducir la exposición a los trabajadores de salud. Y especifica el tipo de Equipo de Protección Personal con el que debe contar el personal de salud.