16/09/2021 / Exitosa Noticias / Portada / Actualizado al 09/01/2023
¡No va más! Este jueves, el Ejecutivo dispuso la modificación de la Suspensión Perfecta de Labores (SPL), impuesta por el Gobierno de Martín Vizcarra, a través del Decreto de Urgencia N° 038-2020, como una medida excepcional en el marco de la pandemia del COVID-19 en el país.
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De acuerdo con el Decreto de Urgencia N.º 087-2021, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, la medida excepcional solo regirá hasta el próximo sábado 2 de octubre de este año.
A través de la normativa, el Gobierno justificó la decisión ante el avance de la reanudación progresiva y gradual de las actividades económicas y las nuevas disposiciones que se han adoptado en el contexto del Estado de Emergencia Nacional.
El Ejecutivo precisó que las medidas adoptadas “han permitido el retorno a las actividades con disciplina y priorizando la salud, lo cual trae como resultado una progresiva recuperación de la producción nacional”, así como del empleo formal en el sector privado.
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En agosto, el Ejecutivo, a través del premier Guido Bellido, ya había mostrado su intención de derogar la suspensión perfecta.
“Anunciamos un diálogo franco y respetuoso con empleadores y trabajadores para revisar la agenda laboral pendiente en el país, que incluye el fortalecimiento de la Sunafil, la negociación colectiva por rama de actividad, la regulación de la tercerización, y la derogatoria del DU 038-2020, sobre la suspensión perfecta de labores”, dijo aquella vez.
Como se recuerda, la Suspensión Perfecta de Labores (SPL) establecía el cese temporal de la obligación del empleador de pagar las remuneraciones y beneficios laborales, mientras que los empleados dejaban de prestar sus servicios a la compañía, pero sin el cese del contrato laboral.
El decreto cuenta con la firma del presidente Pedro Castillo; el titular del Consejo de Ministros, Guido Bellido; el ministro de Economía y Finanzas, Pedro Francke; y el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Iber Maraví.
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