Covid-19: Minsa dispone plazo de 30 días para que trabajadores del sector privado se vacunen y sigan trabajando
Este miércoles, el Ministerio de Salud (Minsa) dispuso que durante un plazo de treinta días calendario los trabajadores del sector privado puedan seguir realizando actividad laboral presencial, pese a no contar con el esquema completo de vacunación contra la covid-19.
Recordemos que, desde el 10 de diciembre, las empresas con más de 10 trabajadores pueden operar de manera presencial, solo si todos sus empleados acreditan haber completado su inmunización contra el coronavirus.
De acuerdo a la Resolución Ministerial Nº 1302-2021/MINSA, durante un plazo de treinta días desde la publicación de la presente norma, los trabajadores del sector privado que no estén inmunizados contra la covid-19, y cuya naturaleza de labores no sea compatible con el trabajo remoto, solo podrán operar siempre que presenten los siguientes supuestos:
El puesto de trabajo se encuentre clasificado como de "Riego bajo de exposición" de conformidad con lo establecido en la Directiva Administrativa N° 321-MINSA/DGIESP-2021, que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2.
Los servicios sean prestados, durante toda su jornada laboral, en espacios al aire libre.
La norma también precisa que durante el plazo dispuesto se mantienen vigentes las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al coronavirus.
De igual forma, se recuerda que son obligaciones del empleador verificar el cumplimiento de los supuestos mencionados anteriormente, así como informar a los prestadores que, de no contar con su vacunación completa contra el COVID-19 una vez cumplido el plazo, no podrán continuar laborando presencialmente.
Otras medidas
Desde el viernes 10 de diciembre, es obligatorio que los mayores de 18 años presenten su carné físico o virtual acredite haber completado su vacunación contra el COVID-19 para ingresar a espacios cerrados e incluso realizar viajes.
De igual forma, los conductores y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los choferes que brindan servicios de delivery, pueden laborar solo si acreditan su dosis completa de vacunación.
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