COVID-19 | Gobierno publicó lista de actividades permitidas en regiones con nivel de alerta extremo
Este último martes, el presidente de la República, Francisco Sagasti, mediante un mensaje a la Nación, además de informar sobre las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno para hacerle frente a la segunda ola del COVID-19, informó que se habían actualizado las zonas de alerta sanitaria del país y ahora se clasificaban en; nivel de alerta alta, nivel de alerta muy alta y nivel de alerta extremo.
En las 10 regiones que integran el nivel de alerta extremo se instalaron las medidas más duras, para de esta manera, tratar de frenar el avance de la pandemia del COVID-19. Una de ellas fue la cuarentena. En este contexto, este jueves, el Gobierno del Perú indicó en su portal qué actividades están permitidas durante la inmovilización social obligatoria.
AGRICULTURA, PECUARIO, CAZA Y SILVICULTURA:
Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.
PESCA Y ACUICULTURA:
Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.
ENERGÍA, HIDROCARBUROS Y MINERÍA:
Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.
MANUFACTURA PRIMARIA Y NO PRIMARIA:
Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.
CONSTRUCCIÓN:
Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Incluye proyectos de interés nacional (licencias, trámites, adquisición y transporte de bienes, servicios y personal, así como actividades relacionadas a la cadena logística).
Actividades de arquitectura e ingeniería para trámites de licencias, supervisión, inspección de obra y levantamiento de información.
COMERCIO:
Mantenimiento y reparación de vehículos no motorizados, vehículos automotores y motocicletas.
Servicios de adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
SERVICIOS A LA CIUDAD:
Evacuación de aguas residuales.
Captación, tratamiento y distribución de agua.
Actividades de prevención de riesgos de desastres.
Mantenimiento de espacios públicos y áreas verdes.
Limpieza y recojo de residuos sólidos.
SERVICIOS GENERALES:
Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.
Servicios y establecimientos de salud, incluye odontología, rehabilitación, reproducción asistida, diagnóstico, oftalmología, veterinarias.
Actividades de producción, almacenamiento, comercialización, transporte, y distribución para la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, gas de uso doméstico y combustibles.
Medios de comunicación.
Entidades financieras, seguros y pensiones y actividades conexas.
Transporte de carga, mercancías y actividades conexas.
Transporte de pasajeros por vía férrea, marítima y fluvial, incluye cabotaje.
Transporte de caudales.
Actividades de servicios vinculadas al transporte aéreo, férreo, terrestre, marítimo y fluvial, incluye cabotaje.
Actividades aeronáuticas no comerciales.
Actividades relacionadas al transporte aéreo.
Actividades de mensajería (servicio postal, encomiendas, delivery).
Servicio de transporte de mercancías destinados para actividades de mudanza, traslado de enseres o afines.
Hoteles categorizados, hospedaje (apart hotel) y transporte turístico para actividades esenciales.
Albergues, hostales y establecimientos de hospedaje no clasificados y categorizados.
Actividades de telecomunicaciones y actividades conexas, incluye reparación.
Alquiler y arrendamiento operativo de vehículos automotores.
Alquiler y arrendamiento operativo de otros tipos de maquinarias, equipos y bienes tangibles.
Actividades de seguridad privada.
Actividades de servicio de sistemas de seguridad.
Actividades de soporte de TI y reparación de equipos de cómputo.
Servicios funerarios.
Servicios notariales.
Servicios de reciclaje.
Actividades de envase y empaque.
Servicios de almacenamiento de abonos y materias primas agropecuarias, artículos de plásticos, vidrio, papel, cartones, aserradura de madera, hielo para actividades en general.
Servicios de carpintería, gasfitería, electricidad, mantenimiento de artefactos y reparación de equipos, incluye mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares.
Servicios de lavandería, ferreterías, servicios de limpieza.
Actividades de centrales telefónicas, incluye call centers con 50% de aforo.
Actividades jurídicas. Las entrevistas de abogados defensores con personas privadas de libertad en establecimientos penitenciarios se realizan virtual o telefónicamente, con arreglo a Ley.
Ensayos y análisis técnicos para las actividades económicas permitidas.
Investigación, innovación y desarrollo experimental relacionadas a las actividades económicas permitidas.
Actividades de las sedes centrales.
Actividades combinadas de apoyo a instalaciones asociadas a los servicios de limpieza, apoyo a edificios y mantenimiento de jardines.
IMPORTANTE
Como se conoce, las medidas anunciadas por el Gobierno entrarán en vigencia este domingo 31 de enero a las 00:00 horas y culminarán el próximo 14 de febrero. Eso sí, la premier Violeta Bermúdez ha indicado en más de una oportunidad que dependerá del comportamiento de la población que esta medida se extienda o no.
Hay que indicar que actualmente el sistema de Salud del Perú ha vuelto a colapsar debido a la gran cantidad de contagios COVID-19 y hospitalizaciones. Incluso, hemos llegado al punto de que los centros hospitalarios del país no se dan abasto y que las camas UCI del están por llegar a su máximo de ocupación.
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