03/03/2023 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 03/03/2023
Este martes 3 de marzo el Tribunal Constitucional (TC) publicó la sentencia respecto a la demanda de conflicto competencial que le interpuso el Congreso de la República contra el Poder Judicial. En el documento presentado, acusaban a la entidad de actuar arbitrariamente y fuera de sus facultades al de mermar las funciones del Legislativo.
La sentencia del TC declaró fundada la demanda competencial presentada por el Congreso. Al efectuarse a su favor el proceso de amparo que presentaron en el expediente 00893-2022-0-1801-JRDC-02 quedaron nulas las resoluciones judiciales que impedían seguir con el proceso de designación del Defensor del Pueblo.
Además de este, también se declararon fundadas las demandas planteadas en los expedientes 00400-2022-0-0401- JRDC-01 y 00400-2022-91-0401-JR-DC-01. Por ello, se determinaron nulas las resoluciones que tenían como efecto frenar la ejecución de las investigaciones parlamentarias acerca del desarrollo de procedimientos de juicio y antejuicio político, así como asuntos interés público.
En consecuencia, el fallo determinó que las resoluciones 16 y 17 emitidas por el juez del Segundo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima quedaron nulas. Como se recordará estas demandas fueron impulsadas por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
De este modo, el TC pone en conocimiento de la Junta Nacional de Justicia la sentencia del conflicto competencial y la conducta funcional de los jueces que fueron participes en los procesos constitucionales de amparo que terminaron afectando las funciones exclusivas del Congreso de la República. Ello con la finalidad de que se evalúe de manera institucional estas acciones conforme a sus atribuciones.
El magistrado Manuel Monteagudo Valdez fue el único funcionario cuyo voto fue en contra, es decir, según su parecer la demanda inscrita en los procesos de amparo de los expedientes N.ºs 03898-2022-0-1801-JR-DC-03 y 00400-2022-0-0401-JR-DC-01 era infundada.
Reforma en la Constitución
En la misma sentencia, el Tribunal Constitucional también exhortó al Congreso de la República a reformar la actual Constitución Política del Perú en su artículo 99. En esa misma línea, apoyó la decisión de reformar su Reglamento.