
22/04/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 22/04/2025
El Tribunal Constitucional decidió aceptar la incorporación de la presidenta Dina Boluarte como tercero interesado en la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo contra el Poder Judicial y el Ministerio Público, en el marco de las investigaciones que involucran a la mandataria.
Dina Boluarte participará en la audiencia de este jueves
Según el pronunciamiento del TC, Boluarte no cuenta con la legitimidad procesal para interponer recursos como reposiciones, nulidades, excepciones o pedidos de abstención de magistrados, dado que no es parte directa del proceso.
"Este Tribunal Constitucional considera que la recurrente debe ser incorporada en el presente proceso competencial en calidad de tercero con interés en el resultado, toda vez que ostenta la condición de parte en las disposiciones fiscales y la resolución judicial que motivaron la interposición de la demanda y la admisión a trámite de la misma", se lee en el oficio.
No obstante, se le permitirá presentar escritos que contribuyan con interpretaciones relevantes, así como intervenir oralmente durante la audiencia pública correspondiente.
"Si bien la solicitante no se encuentra legitimada para interponer reposiciones, ni plantear nulidades o excepciones, o pedidos de abstención de magistrados, por cuanto no tiene la calidad de parte en el proceso, si podrá presentar escritos con el objeto de aportar sentidos interpretativos relevantes, y también podrá solicitar informar oralmente en la respectiva audiencia pública", agregó el TC.
La resolución cuenta con la firma de los magistrados Pacheco Zerga (presidenta), Domínguez Haro (vicepresidente), Morales Saravia, Gutiérrez Ticse, Monteagudo Valdez, Ochoa Cardich y Hernández Chávez, quienes expresaron su conformidad con lo acordado.
¿En qué consiste la demanda competencial presentada por el Ejecutivo?
El Ejecutivo argumentó que tanto el Ministerio Público como el Poder Judicial han invadido el ámbito de sus funciones, al aplicar una interpretación del artículo 117 de la Constitución que, a su juicio, ha impuesto limitaciones indebidas al ejercicio del cargo presidencial.
En ese contexto, el 17 de mayo de 2024, el Consejo de Ministros aprobó por unanimidad la presentación de una demanda competencial contra ambas instituciones, alegando una afectación directa y concreta a las facultades constitucionales de la presidenta de la República.
Cabe mencionar que, el artículo 117 de la Constitución establece que un presidente en funciones solo puede ser acusado por cuatro motivos: traición a la patria, impedir elecciones, disolver el Congreso de manera inconstitucional o impedir el funcionamiento del sistema electoral.
De esta manera, el Tribunal Constitucional aceptó la incorporación de la presidenta Dina Boluarte como tercero interesado en la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo contra el Poder Judicial y el Ministerio Público.