Política

Ramírez sobre proyecto para encargar despacho presidencial a Williams: "El JNE es responsable directo del PL enviado por Dina Boluarte"

Legisladora pidió que Alejandro Salas Arenas sea retirado de su cargo al avalar plancha presidencial de Pedro Castillo y Dina Boluarte para los comicios generales de 2021.
Tania-Ramirez-Dina-Boluarte-JNE-Exitosa
27-12-2022

La parlamentaria de la bancada de Fuerza Popular (FP), Tania Ramírez García, se pronunció acerca del proyecto de ley del Ejecutivo que pretende que el titular del Congreso de la República, José Williams Zapata, asuma la presidencia cuando Dina Boluarte Zegarra asista a eventos en el exterior.

En ese sentido, Ramírez García culpó por medio de sus redes sociales que el líder del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Alejandro Salas Arenas, es el “responsable” de la medida presentada por el Ejecutivo.

De acuerdo a ello, argumentó que si el JNE no avalaba la plancha para las elecciones generales del 2021 de Pedro Castillo Terrones (Perú Libre), en la que Boluarte Zegarra era la segunda y única vicepresidenta en carpeta, el país no estaría atravesando esta coyuntura.

También te puede interesar: Defensoría del Pueblo frente a acumulación de basura en varias regiones del país: “El Ministerio Público puede denunciar a los alcaldes”

“El Jurado Nacional de Elecciones (JNE), es responsable directo del proyecto de ley enviado por Dina Boluarte. Jamás debió admitir plancha presidencial. Espero que la Sala Plena de la Corte Suprema presidido por el Dr. Javier Arévalo Vela remueva a Alejandro Salas Arenas de la Presidencia del JNE ya que este, por decoro, no lo hará”.

¿Qué dice la iniciativa del Ejecutivo?

El Gobierno de Boluarte Zegarra interpuso una resolución con caracter de urgencia para que líder del Legislativo, José Williams Zapata, la reemplace en el despacho presidencial cuando viaje al exterior para representar al Perú en eventos políticos y económicos internacionales. Asimismo, será debatido hoy, a las 7:00 p. m. en una sesión virtual de la Comisión de Constitución, presidida por el miembro de FP, Hernando Guerra García.

“Es válido en términos constitucionales concluir que debe ser el Presidente del Congreso quien asuma el encargo del despacho presidencial en caso el Presidente o la Presidenta de la República viaje al exterior y sus Vicepresidentes se encuentren impedidos de asumir tal encargo. Ahora bien, entendiendo que es un escenario sui generis que el titular de un poder del Estado (en este caso, del Poder Legislativo) asuma la encargatura del despacho presidencial (es decir, del Poder Ejecutivo), es necesario precisar y recalcar que el ejercicio de dicha encargatura temporal no supone, bajo ningún contexto, que el Presidente de la República encargado del despacho presidencial pueda llevar a cabo acciones diferentes a las de índole administrativa o representativa”, se lee en el documento.

Más noticias en Exitosa