16/07/2021 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023
La Ley 31280, que establece que los expresidentes de la República deben permanecer un año en el país tras concluir su mandato, se publicó este viernes en el Diario Oficial El Peruano.
De acuerdo con la disposición legal, que modifica el artículo 112 de Constitución Política del Perú, los exmandatarios solo podrán salir del país -durante el primer año después de su mandato- con la autorización del Congreso de la República.
"Culminado el mandato presidencial, el expresidente de la República, o quien hubiese ocupado el cargo, permanece dentro del territorio nacional por el periodo mínimo de un año, salvo autorización de salida aprobada por el Congreso de la República, con más de la mitad del número legal de sus miembros; considerando las razones objetivas que hubiesen motivado la solicitud", establece la modificatoria.
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Asimismo, se ratifica que los ex Jefes de Estado podrán postular nuevamente a la Presidencia transcurrido otro periodo constitucional.
"El mandato presidencial es de cinco años, no hay reelección inmediata. Transcurrido otro periodo constitucional, como mínimo, el expresidente puede volver a postular, sujeto a las mismas condiciones", se lee en la norma.
Cabe precisar que el pleno del Congreso aprobó esta reforma de la Constitución por 94 votos a favor el pasado 9 de julio.
Según el texto aprobado, dicha medida propiciará "las condiciones adecuadas para que puedan rendir cuenta de sus actuaciones en el desempeño de sus funciones como expresidente de la República; y sin que exista ningún tipo de obstrucciones a la justicia"
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