15/02/2022 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023
¡Atención! Mediante un pronunciamiento, la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional, en representación del Poder Ejecutivo, recordó que el pasado 7 de febrero, presentó una demanda de inconstitucionalidad ante el TC contra la Ley N° 31399, "que establece restricciones al ejercicio del derecho al referéndum".
En la demanda se afirma que la ley aprobada por el Congreso es contraria a la Constitución y los tratados sobre derechos humanos ratificados por el Estado peruano. Ello debido a que establece restricciones al ejercicio del derecho a la participación política no previstas en el texto constitucional.
Según la demanda, se pide que se declare la inconstitucionalidad total de la Ley N° 31399 porque contraviene el artículo 2, inciso 17 de la Constitución, que reconoce el derecho fundamental de toda persona a la participación política a través del referéndum. Asimismo, en la demanda se señala que la ley colisiona con el artículo 31 que reconoce el derecho de toda persona a participar en los asuntos públicos mediante el referéndum y que señala que es “nulo” y punible todo acto que prohíba o limite al ciudadano el ejercicio de este derecho.
Asimismo, la demanda contra la ley N° 31399 señala que esta norma contraviene los artículos 32, 43 y 45 de la Constitución que establece las materias que pueden ser sometidas a referéndum, que establece que la República del Perú es democrática y que deja claro de que el poder del Estado emana del Pueblo, respectivamente.
Luego de presentada la demanda, corresponde que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre su admisibilidad y la remita al Congreso de la República para que proceda a contestarla.
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