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Política

Poder Judicial declara improcedente habeas corpus de Pedro Castillo contra Subcomisión de Acusaciones Constitucionales

El recurso buscó anular la denuncia constitucional en contra del jefe de Estado por presunta traición a la patria.

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Poder Judicial habeas corpus improcedente Pedro Castillo Subcomisión de Acusacio

12/04/2022 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023

El Poder Judicial rechazó la demanda de hábeas corpus que presentó el presidente Pedro Castillo, a través de su abogado Eduardo Pachas, el cual buscaba anular el proceso en su contra iniciado en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso por supuesta traición a la patria.

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El Noveno Juzgado Especializado en lo Constitucional, a cargo del magistrado Juan Fidel Torres Tasso, rechazó el recurso por el cual la defensa legal del mandatario pedía que se anule el referido caso.

Cabe recordar que la denuncia constitucional contra el jefe de Estado fue presentada por los abogados Fernán Altuve, Lourdes Flores, Francisco Tudela y otros, para luego ser asumida por legisladores como Patricia Chirinos.

La acusación contra Castillo Terrones se fundamenta en las declaraciones que dio a la cadena CNN en Español, respecto a convocar a un referéndum para que el Perú otorgue una salida al mar a Bolivia.

El juez evaluó que, si bien el abogado del mandatario aseguró que se había vulnerado la presunción de inocencia y libertad de expresión de Pedro Castillo, la admisión de la denuncia constitucional respetó los procedimientos establecidos en las normas.

(La decisión) se da en el marco de las funciones de control político establecidas en la Constitución Política del Estado para el Poder Legislativo y respeto a los parámetros que se adecúan al control político de los que importan al interés público”, se lee en la decisión judicial.

No existe ninguna amenaza cierta e inminente de infracción a los derechos constitucionales al Debido proceso, al principio de legalidad, ni el derecho a la defensa de derechos conexos con la libertad individual”, determinó.

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