Política

OPINIÓN | Edhín Campos Barranzuela: "Reparación económica para víctimas de feminicidio"

lep
27-01-2020

Alarma, estupor e indignación, viene causando en la sociedad peruana los altos índices de delitos de odio contra las mujeres, por su condición de tales, pues el año pasado terminó con una cifra escalofriante cerca de 150 casos de feminicidios y en lo que va a la fecha tenemos cerca de una decena de asesinatos contra el sexo femenino.

Según ha revelado la propia ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Gloria Montenegro, el grave problema no se va a solucionar de un día para otro, pues estos crímenes de odio contra las mujeres, son producto de una cultura machista y no se puede solucionar en meses.

En efecto, las declaraciones de la ministra no hacen sino reflejar la grave situación de inseguridad ciudadana y de violencia a que se encuentran expuestas las mujeres, niñas, niños, adolescentes y personas en estado de vulnerabilidad.

En tal sentido, para paliar esta anómala situación, hace poco más de dos semanas se ha publicado el Decreto de Urgencia 005-2020, que establece una asistencia económica para contribuir a la protección social y el desarrollo integral de las víctimas indirectas del feminicidio.

Por tal razón, la norma precisa que ante la situación actual de violencia extrema que sufren las mujeres, debemos considerar otras consecuencias colaterales que se desarrollan a partir de un feminicidio, como es la situación de las niñas, niños y adolescentes hijos de dichas víctimas y personas con discapacidad moderada o severa que hayan dependido económicamente y estado bajo el cuidado de ellas.

Toda vez, que no debemos de perder de vista que son ellas quienes sufren indirectamente el impacto de la violencia de género, la cual las expone a situaciones de desprotección, ante la ausencia de la víctima, siendo acogidos por familiares para brindarles un nuevo hogar, modificando la forma sustancial de la realidad social y económica que mantienen estos hogares.

Es por ello que, complementando acciones para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, el Estado debe establecer mecanismos que contribuyan a la protección social y desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, que han perdido a su madre, a causa de un delito de crímenes de odio o feminicidio y además personas con discapacidad moderada o severa que hayan dependido económicamente y estado bajo el cuidado de estas víctimas.

Es importante precisar que frente a un caso de feminicidio, se produce todo un drama familiar, pues los hijos menores de edad se quedan a la intemperie y el padre homicida, bien se suicida, atenta contra su integridad física o es privado de su libertad, lo que ocasiona una orfandad en el seno del hogar.

Es por ello que se debe establecer mecanismos de asistencia económica otorgada por el Estado, para aquellas personas, consideradas de “alta vulnerabilidad “, toda vez que serán los parientes más cercanos, como abuelos, tíos, primos o vecinos de buena voluntad, quienes se encargarán del cuidado, protección y bienestar de los menores huérfanos.