Política

Omar Cairo: “El Congreso de la República tiene la oportunidad de poner en jaque a la OEA”

Indica que juicio político por infracción a la Carta Magna sería la salida para destituir al presidente y luego al denunciarlo no habrá artículo 117 que lo proteja.
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23-10-2022

En entrevista con Exitosa, el abogado constitucionalista, Omar Cairo, habló acerca del respaldo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) hacia el gobierno de Pedro Castillo y la misión que enviarán para analizar la situación política del Perú, indicando que el Congreso de la República podría utilizar un procedimiento que evite que la crisis se propague.

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Durante el diálogo con Nicolás Lucar, en la edición especial de 'Hablemos Claro', el especialista mencionó que lo primero que el Parlamento debe hacer es archivar la denuncia constitucional de la Fiscal de la Nación, Patricia Benavides, por ser “inconstitucional”, y también desistir de la vacancia por incapacidad moral, debido a la complejidad de su definición, dando como salida para una eventual salida de Pedro Castillo, en caso se demuestre su culpabilidad en las imputaciones, es el juicio político por infracción a la Constitución.

“Yo creo que el Congreso peruano tiene la oportunidad de poner en jaque a la OEA y decirles 'miren con los dos ojos, todo esto que ustedes han recibido en la carta del presidente es verdad, la denuncia constitucional es inconstitucional y la vamos a archivar'. La vacancia por incapacidad moral es un procedimiento que genera complicaciones, la moralidad no se sabe que es. Deben decirles que van a utilizar el procedimiento del juicio político por infracción a la Constitución”, declaró para nuestro medio.

En ese sentido, Cairo Roldan sostuvo que es la vía más factible, no solo si se quiere retirar al jefe de Estado por sus presuntos delitos, sino que responda ante la justicia por los mismo, pues si le destituye, al presentar una nueva denuncia constitucional, ya no habrá articulo 117 de la Constitución que lo ampare.

“El Congreso debe decir 'que vamos a procesarlo, y si demostramos que infringió a la Constitución, lo destituimos, que está permitido por el artículo 100. Una vez que esté destituido, cualquiera de nosotros presenta una denuncia constitucional contra el expresidente, que ya no está protegido por el 117'”, manifestó.

Recordemos que el artículo 117 de la Carta Magna establece que los únicos motivos por los que un mandatario puede ser acusado son por: traición a la patria, impedir las elecciones presidenciales, congresales, regionales o municipales, disolver el Congreso o impedir el funcionamiento del Jurado Nacional de Elecciones.

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