20/08/2019 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023
Giovany Rocío, abogado experto en Gestión Pública, comentó que las dos empresas (Línea Amarilla y Rutas de Lima) no tienen escapatoria.
"En el último artículo 15.10, 'se establece la participación accionariada del consorcio distinta a la participación mínima correspondiente al socio estratégico que puede ser transferida libremente a cualquier persona jurídica', es lo que responden ellos. Sin embargo, no quisieron pasar la hoja: 'dicha operación deberá ser comunicada al concesionario con fines meramente informativos, para que este último autorice previamente dicha operación como condición previa para su validez y eficacia'", comentó Rocío.
Asimismo, afirmó que "en el 15.09, se lee 'la transferencia de la participación se llevará a cabo conforme a la presente clausula. El concedente o sea la Municipalidad de Lima deberá pronunciarse respecto a la solicitud en un plazo no mayor de 30 día", agregó Giovany Rocío.
¿Fueron informados de la transferencia?
"Ellos fueron informados de la transferencia, dicen sí. Nos mandaron una carta en el mes de noviembre cuando ya habían hecho la transferencia. Pero la respuesta es si ellos dieron respuesta positiva para que proceda la transferencia y la respuesta que da la gerenta es que no era necesario. Todo lo contrario a lo que dice el contrato de Vías Rutas de Lima", aseguró.
La Municipalidad de Lima debía autorizar y eso no se hizo
"Este hecho sería considerado como una causal de incumplimiento del concesionario y el día de hoy podrían estar anulando el contrato de Vías Rutas de Lima sin tener que pagar absolutamente nada de penalidades", agregó Giovany Rocío.