Juristas señalan que apelación de Keiko no se hizo en el plazo de ley
Los abogados penalistas Miguel Pérez Arroyo y Marcos Ibazeta, coincidieron en señalar que la apelación a la prisión preventiva contra Keiko Fujimori, fue presentada de manera extemporánea por su abogada, por lo que la medida cautelar debería ser declarada consentida.
Ambos explican que la notificación de prisión preventiva a la defensa de Keiko Fujimori, se dio el mismo día (martes 28 de enero) de la lectura de la resolución en la audiencia, por lo que el cómputo de los tres días de plazo para interponer recurso de apelación venció indefectiblemente el viernes 31 de enero.
Respecto a la duda de si la defensa de la lideresa de Fuerza Popular apeló o no dentro del plazo, el abogado Miguel Pérez Arroyo dijo a diario Exitosa que “considerando que la resolución que impuso la prisión preventiva por 15 meses a Keiko Fujimori se emitió en audiencia el martes 28 de enero y conforme el artículo 278, acápite 1 del CPP, el plazo para apelar este auto judicial es de tres días”.
“Conforme al artículo 50 del reglamento del nuevo despacho judicial del módulo penal corporativo de las Cortes Superiores de Justicia, sostiene que las resoluciones dictadas oralmente dentro de la audiencia se tendrán por notificadas a todas las partes procesales y órganos de prueba concurrentes a la misma. Las partes procesales citadas que no concurran a la audiencia serán notificadas con arreglo a ley”, explicó.
Por su parte, el expresidente de la Corte de Justicia de Lima, Marcos Ibazeta, indicó que siendo la lectura de la resolución del juez una notificación para las partes, el recurso de apelación presentado por la abogada Giulliana Loza el último lunes 3 de febrero resulta extemporáneo a la fecha.
Recordó que el juez Víctor Zúñiga destinó más de ocho horas para la lectura de resolución y que ambas partes estuvieron presentes y fueron notificadas de la medida restrictiva interpuesta contra la excandidata presidencial.
“Solo en el caso que el juez haya omitido información a la hora de la lectura de la resolución podría la defensa de Keiko Fujimori observar la notificación porque para presentar un recurso de apelación debe analizarse el texto definitivo para emitir sus observaciones y desacuerdos a medida restrictiva”, acotó.
Ibazeta dijo que será el juez Víctor Zúñiga quien finalmente determine si procede o no la apelación de la defensa de Keiko.
Cabe recordar, que el fiscal José Pérez presentó un escrito solicitando al juzgado declarar consentida la resolución de prisión preventiva contra Keiko.
Fujimorista Milagros Salazar: Duda de la credibilidad del fiscal Domingo Pérez
La integrante de la Comisión Permanente, Milagros Salazar, sostiene que no le da ninguna credibilidad a lo señalado por el fiscal José Domingo Pérez y afirma que el documento de peritaje de 2016 encontrado en el local de Fuerza Popular es irregular y que solo demuestra su persecución política contra la lideresa de Fuerza Popular.
La fujimorista aseguró que apoya todo tipo de investigación, pero que pone en duda el trabajo que viene realizando José Domingo Pérez al considerar que todos sus esfuerzos recaen solo en la investigación a Keiko Fujimori y la agrupación política Fuerza Popular, considerándolo una obsesión.
Evaluarán si Fuerza Popular es incluida en investigación
El Poder Judicial evaluará el próximo 10 de febrero la apelación que presentó la agrupación política Fuerza Popular para anular su inclusión dentro de la investigación contra la lideresa Keiko Fujimori por el caso Odebrecht.
El 21 de noviembre de 2019, el juez Víctor Zúñiga Urday dispuso la incorporación de Fuerza Popular “como persona jurídica”, luego de que el fiscal José Domingo Pérez Gómez formalizara la investigación contra esa agrupación por el presunto delito de lavado de activos.
Según el fiscal, dentro de Fuerza Popular existe una organización criminal constituida en el interior de esa agrupación, cuya finalidad era obtener favores políticos.