24/11/2019 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023
El Jurado Especial Electoral Lima Centro 1 (JEE Lima Centro 1) declaró improcedente la candidatura de Antauro Humala en la lista de Unión por el Perú por tener una sentencia que lo priva de su libertad y le impide participar en los comicios de enero.
El organismo electoral indicó que la Ley Orgánica de Elecciones señala que no pueden ser candidatos a congresistas y parlamentarios andinos las personas condenadas a pena privativa de libertad, efectiva o suspendida, con sentencia efectiva o ejecutoriada por delito doloso.
Agrega que Antauro Humala registra una sentencia de la Primera Sala Penal para Reos en Cárcel de la Corte Superior de Lima a 25 años de prisión por el delito homicidio calificado y secuestro, emitido el 16 de setiembre de 2009.
Del mismo modo, el JEE Lima Centro 1 declaró improcedente las candidaturas de Walter Francisco Gago Rodríguez, Carlos Rodolfo Repetto Castro, Luis Gregorio Vílchez Linares, Armando Isaac Jara Mendoza, en Agustina Carmela Torres Rodríguez por incumplir los plazos de la democracia interna.
Costa y Belaunde también
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro también declaró improcedente las postulaciones de Gino Costa y Alberto de Belaunde de la lista del Partido Morado por Lima Metropolitana.
Esta condición alcanza a los candidatos José Elice Navarro, exoficial mayor del Congreso, Pepi Patrón Costa, Claudia Cornejo Mohme, Pedro Gamio, Leena Bermuy Quiroga, Daniel Olivares y Carlos Santibañez.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) indicó que cuando una lista o candidatura individual es declarada improcedente, significa que el aspirante ya no podrá seguir en la carrera electoral. Sin embargo, cuando es señalada como inadmisible, puede subsanarse las observaciones y continuar con el proceso.
Entre las razones del JEE para anular las candidaturas de los anteriores mencionados, está el que fueron designados el 13 de noviembre a pesar que la fecha máxima para este requisito era el 6 del mismo mes, de acuerdo al cronograma electoral del Jurado Nacional de Elecciones.
Así mismo, la institución electoral especifica que Gino Costa y Alberto de Belaunde no presentaron sus certificados de licencia del cargo como miembros de de la Comisión Permanente del Congreso disuelto.
Estas misma observaciones el JEE ha detectado en las postulaciones de Rosa Bartra y Nelly Cuadros, del partido Solidaridad Nacional; no obstante, no se les ha declarado como improcedente sino como inadmisible.
Ante las observaciones identificadas, la entidad electoral declaró inadmisible la lista de los candidatos por Lima hasta que se subsanen los errores u omisiones señaladas.