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José Williams señala que no "resulta atendible" el pedido de cuestión de confianza por parte del Ejecutivo

El presidente del Parlamento indicó que el Tribunal Constitucional ya ratificó la Ley N° 31355. Sostiene que el Ejecutivo no puede ir contra de sus facultades.

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Congreso de la Republica Cuestion de confianza Anibal Torres Exitosa

09/11/2022 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023

El titular de la Mesa Directiva del Congreso de la República, José Williams Zapata, remitió un oficio al presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres Vásquez para mencionarle que no "resulta atendible" el pedido de cuestión de confianza que realizó ayer para regular la norma de dicha figura.

En ese sentido, Williams Zapata indica en el documento que el Reglamento del Parlamento estipula que este tipo de solicitudes se tiene que tratar únicamente con las facultades y competencias del Poder Ejecutivo y no con las del Legislativo u otro ente.

“Toda interposición de una cuestión de confianza debe versar sobre materias o asuntos de competencia del Poder Ejecutivo y no respecto a competencias exclusivas y excluyentes del Congreso de la República y de otros organismos constitucionalmente autónomos”.

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De acuerdo a ello, sostuvo que el Tribunal Constitucional (TC) avaló la Ley N° 31355, que buscaba el Gobierno de Pedro Castillo derogarla; dado que en 2021 demandaron que era inconstitucional.

“Le recordamos también que el Tribunal Constitucional, supremo intérprete de la Constitución, ya ha confirmado su decisión recaída en el expediente 0032-2021-PI/TC la constitucionalidad de la Ley 31355, a raíz de la demanda de inconstitucionalidad que presentó el propio Poder Ejecutivo en octubre del 2021?.

Por último, señaló que el requerimiento del titular de la PCM no “resulta atendible”, ya que el Pleno no tiene la potestad de establecer una medida de este estilo porque iría en contra de lo estipulado por el TC.

"El rechazo de plano por la Mesa Directiva procede para aquella proposición que tenga por finalidad la aprobación o no de iniciativas exclusivas del Congreso. En este orden de ideas, y considerando lo señalado en la Ley 31355, que forma parte del bloque de constitucionalidad, su pedido no resulta atendible en los términos planteados".

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