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Política
Ante protestas

Jorge Montoya propone incorporar los delitos de vandalismo y violencia urbana en el Código Penal

El congresista señaló que la tipificación de estos delitos es necesaria por "los últimos hechos de violencia suscitados en el país".

Jorge Montoya
Jorge Montoya (Congreso)

02/02/2023 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 02/02/2023

El congresista Jorge Montoya (Renovación Popular) presentó un proyecto de ley para incorporar los delitos de vandalismo, vandalismo agravado y violencia urbana en el Código Penal.

El legislador de la bancada celeste precisó que, en el Código Penal vigente, se encuentran tipificados los delitos de "Disturbios" y de "Grave perturbación de la tranquilidad pública", pero no están tipificados los delitos mencionados "ni sus sanciones".

"Teniendo en cuenta los últimos hechos de violencia suscitados en diferentes regiones del país, incluyendo a Lima, se hace necesario que el Código Penal incluya la tipificación de vandalismo, vandalismo agravado y violencia urbana", indica el proyecto de ley.

La iniciativa legislativa busca incorporar los artículos 315-B, 315-C y 318-A al Código Penal, promulgado por el Decreto Legislativo 635.

El delito de "vandalismo" será reprimido con pena privativa de libertad "no menor de seis ni mayor de ocho años". Esto en caso el autor "atente contra la vida e integridad física de las personas, dañe o destruya los bienes públicos o privados, vías o medios de comunicación o de transporte de cualquier índole".

La pena para el delito de "vandalismo agravado" será "no menor de ocho ni mayor de diez años" cuando "el daño es ocasionado a instalaciones policiales, militares, Ministerio Publico y/o Poder Judicial",  si se utilizar "fuego, explosión", o por "portar armas o explosivos de fabricación casera o artesanal, sustancias corrosivas o similares".

La pena "será no menor de diez ni mayor de doce años" cuando se atente contra la vida e integridad física de los miembros de la Policía Nacional del Perú y/o Fuerzas Armadas en ejercicio, a quien promueva, financie, incite o proporcione los medios para desarrollar vandalismo, entre otros.

Por otro lado, se impondrá una "pena no menor de doce ni mayor de quince años" cuando se produce la muerte de una persona a causa del vandalimo.

En cuanto al delito de "violencia urbana", se acusará a quien sin pertenecer a una organización terrorista, organización criminal o banda criminal, "afecta la tranquilidad pública con la finalidad de desestabilizar el sistema democrático del país o subvertir el orden constitucional", entre otros. 

Este delito será reprimido con pena privativa de libertad no menor de veinte años, según el proyecto de ley. 

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