Gobierno promulgó ley que elimina obligatoriedad de elecciones primarias en partidos políticos
El Gobierno promulgó la ley que elimina la obligatoriedad de las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) en los partidos políticos.
A través de un decreto legislativo publicado en el Diario El Peruano, el Ejecutivo indicó que las elecciones primarias se realizan de manera simultánea, conforme a las siguientes modalidades, a elección de la organización política:
1. Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de todos los afiliados y ciudadanos previamente inscritos como electores ante la organización política, estén o no afiliados a esta.
2. Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados.
3. Elecciones a través de delegados, los que previamente deben haber sido elegidos mediante voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados de conformidad con lo dispuesto por el estatuto y el reglamento electoral de la organización política, la que puede solicitar el apoyo de los órganos del sistema electoral.
Mayores detalles
Cabe mencionar que, en el caso de las dos primeras modalidades y para continuar con su participación en el proceso electoral, la organización política o alianza electoral debe obtener al menos el 10% de votos válidamente emitidos del total de electores hábiles del padrón de la organización política correspondiente.
Por otra parte, para la tercera modalidad se requiere el 10% de votos válidos de los delegados electos. Las candidaturas pueden ser individuales o por lista.
"Para el caso de las modalidades descritas en los literales a y b para continuar con su participación en el proceso electoral, la organización política o alianza electoral debe obtener al menos el 10% de votos válidamente emitidos del total de electores hábiles del padrón de la organización política correspondiente. Para la modalidad descrita en el literal c, se requiere el 10% de votos válidos de los delegados electos", se lee en el dictamen.
Inscripción de partidos y movimientos
Por otra parte, mediante una modificación al artículo 5 de la referida ley, se establece que la inscripción de un partido político debe contar con firmas de adherentes de por lo menos el 3 % de votantes que sufragaron en las últimas elecciones nacionales.
En esa misma línea, la inscripción de movimientos regionales se exige presentar una lista de adherentes que contenga un número de firmas no menor al 5 % de los electores.
De esta manera, el Gobierno promulgó la ley 31981 que elimina la obligatoriedad de las elecciones primarias en los partidos políticos. Asimismo, la norma establece las modalidades que deben elegir las organizaciones.