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Control de identidad

Gobierno promulga ley que faculta a policías solicitar identificación sin autorización fiscal

A través de un decreto legislativo, el Gobierno promulgó la ley que faculta a los policías a solicitar identificación a cualquier persona sin la necesidad de orden de un fiscal o juez.

Facultan a policías solicitar identificación sin autorización fiscal.
Facultan a policías solicitar identificación sin autorización fiscal. (Difusión)

05/10/2023 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 05/10/2023

El Gobierno promulgó la ley que faculta a los efectivos de la Policía Nacional del Perú (PNP) a solicitar identificación a cualquier persona sin la necesidad de una orden de un fiscal o juez.

A través de un decreto legislativo publicado en el Diario El Peruano, el Ejecutivo informó que dicha situación se dará cuando el agente del orden considere que "resulta necesario para prevenir un delito".

"La Policía sin necesidad de orden del fiscal o del juez podrá requerir la identificación de cualquier persona y realizar las comprobaciones pertinentes en la vía pública o en el lugar donde se hubiere hecho el requerimiento, cuando considere que resulta necesario para prevenir un delito u obtener información útil para la averiguación de un hecho punible", se lee en el ofició. 

Asimismo, el dictamen indica que el intervenido tiene el derecho de exigir al efectivo policial que le proporcione su identidad y la dependencia a la que está asignado. Cabe mencionar que el dictamen modifica el numeral 4 del artículo 205 del Nuevo Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 957.

Mayores detalles

En esa misma línea, la ley promulgada precisa que, en caso exista un "fundado motivo" que la persona intervenida pueda estar vinculado a un hecho delictivo, la Policía Nacional podrá registrarle sus vestimentas, equipaje o vehículo

"La identificación se realizará en el lugar en que la persona se encontrare, por medio del correspondiente documento de identidad (...) Si existiere fundado motivo que el intervenido pueda estar vinculado a la comisión de un hecho delictuoso, la Policía podrá registrarle sus vestimentas; equipaje o vehículo", mencionaron. 

Además, dicha medida informa que la intervención policial no puede exceder de cuatro horas en caso de ciudadanos peruanos. Por otra parte, en caso de extranjeros el procedimiento no puede superar las doce horas

"Este procedimiento, contado desde el momento de la intervención policial, no puede exceder de cuatro horas en el caso de ciudadanos nacionales, luego de las cuales se le permitirá retirarse. Para el caso de extranjeros, excepcionalmente el procedimiento descrito en el numeral anterior no puede exceder de doce horas para su plena identificación", agregaron. 

Como se recuerda, el pasado lunes, el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, anunció que el Gobierno aprobó dos decretos legislativos a fin de fortalecer el control migratorio de los extranjeros que ingresan al Perú.

De esta manera, el Gobierno promulgó la ley que faculta a los policías solicitar identificación a cualquier persona sin la necesidad de una orden de un fiscal o juez cuando consideren que "resulta necesario para prevenir un delito". 

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