05/04/2022 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023
Mediante un breve mensaje a la Nación, el presidente de la República, Pedro Castillo, informó que tras la sesión del Consejo de Ministros, se decidió declarar en emergencia la provincia de Lima y Callao, además de la inamovilidad ciudadana para el día martes 05 de abril, como medida ante la crisis generada por el paro de transportistas.
“En aras de restablecer la paz y el orden interno, el Consejo de Ministros decretó el Estado de emergencia (...) Se ha aprobado declarar la inamovilidad ciudadana desde las 2 am hasta las 11:59 pm del día martes 5 de abril”, señaló el jefe de Estado.
Asimismo, Catillo también hizo un llamado a la calma y a la serenidad a la ciudanía, pues recalcó que toda protesta en el país es un derecho constitucional, pero debe hacerse siempre dentro del marco de la ley.
NORMAS LEGALES
Tras el anuncio del jefe de Estado, se publicó en las normas legales de El Peruano el decreto supremo.
En la norma se decreta:
Durante el Estado de Emergencia a que se refiere el artículo precedente y en la circunscripción señalada, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del articulo 2 de la Constitución Política del Perú.
Desde las 02.00 horas y hasta las 23.59 horas del día martes 05 de abril de 2022. se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, en los distritos de Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao.
Durante la inmovilización social obligatoria, se exceptúa al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de salud, medicinas, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos,
servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas.
Durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención de acuerdo a la norma de la materia.
El personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación. La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.
También se permite el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como, para la adquisición de medicamentos.
Los trabajadores del sector público y privado realizan solo trabajo remoto, conforme a la normatividad de la materia
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