
27/03/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 27/03/2025
Frente a la disposición de la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, de aperturar diligencias contra Fuerza Popular y País para Todos por "conductas antidemocráticas", el Ministerio Público se pronunció al respecto, afirmando que el caso en cuestión "son procedimientos, más no investigaciones".
A través de un video publicado en las redes de la Fiscalía, el fiscal Dante Pimental Cruzado, designado para llevar a cabo el proceso, explicó de qué se tratan las acciones que realizará su institución.
"Las acciones que estamos llevando a cabo son procedimientos y no investigaciones penales. Las hemos iniciado a pedido de dos ciudadanos, son solicitudes presentadas contra dos partidos políticos", menciona el fiscal Pimentel.
En ese sentido, hace mención a la Ley N.º 28094 - Ley de Organizaciones Políticas, la cual faculta al fiscal de la Nación o defensor del Pueblo, declarar la ilegalidad de una organización política, ante la Corte Suprema.
Sobre las denuncias presentadas contra los partidos políticos País para Todos y Fuerza Popular, el fiscal Dante Pimental Cruzado precisó que se encuentran realizando "indagaciones previas, a fin de determinar si las solicitudes presentadas cumplen o no los presupuestos establecidos en la referida ley".
Darán pronunciamiento en el más breve plazo
El fiscal señaló que "en el más breve plazo" emitirán un pronunciamiento, en referencia a las diligencias que han iniciado, tras las solicitudes interpuestas por Javier Sulca Cáceres y Beatriz Adelo Cano Bernales, en contra de País para Todos y Fuerza Popular, respectivamente.
Cabe señalar que, el actor cómico Carlos Álvarez es militante del partido País para Todos y en más de una ocasión expresó su deseo de ser candidato presidencial. Por su parte, Keiko Fujimori buscaría nuevamente la presidencia, tras perder en segunda vuelta en los comicios de 2011, 2016 y 2021.
El letrado afirmó que el Ministerio Público dirige su actuación en defensa de la Constitución, la ley y "siempre actuando con objetividad".
¿Cuál es el procedimiento?
Según elartículo 14 de la Ley N.º 28094 - Ley de Organizaciones Políticas, la Corte Suprema, a pedido del fiscal de la Nación o defensor del Pueblo, podrá declarar la ilegalidad de una organización política cuando considere que sus actividades son contrarias a los principios democráticos, siendo los siguientes:
1- Vulnerar sistemáticamente las libertades y los derechos fundamentales, promoviendo, justificando o exculpando los atentados contra la vida o la integridad de las personas por cualquier razón, o legitimando la violencia como método para la consecución de objetivos políticos.
2- Complementar y apoyar políticamente la acción de organizaciones que, para la consecución de fines políticos, practiquen el terrorismo o que con su prédica contribuyan a multiplicar los efectos de violencia, el miedo y la intimidación que el terrorismo genera.
3- Apoyar la acción de organizaciones que practican el terrorismo Y/o el narcotráfico.
Es importante mencionar que, la sentencia firme que declara la ilegalidad de los partidos políticos va desde la cancelación de su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, el cierre de sus locales partidarios y la imposibilidad de su reelección.
De esta manera, la Fiscalía de la Nación se pronuncia sobre las diligencias adoptadas por su titular en contra de dos partidos políticos.