Denuncian a Olaechea por usurpación de funciones
El enfrentamiento entre el gobierno y el presidente de la Comisión Permanente, Pedro Olaechea, escaló luego que el procurador de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), Carlos Cosavalente Chamorro, presentara una denuncia en su contra ante la Fiscalía de la Nación por el presunto delito de usurpación de funciones.
La medida obedece a que el titular de la Comisión Permanente interpuso una demanda competencial y una medida cautelar ante el Tribunal Constitucional (TC) en contra de la disolución del Congreso acordado por el presidente Martín Vizcarra.
“Solicito se disponga aperturar investigación preliminar contra Pedro Carlos Olaechea Álvarez Calderón y los que resulten responsables por el delito contra la administración pública en la modalidad de usurpación de funciones”, se lee en el documento.
En el texto enviado a la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, el procurador reclama que se abra una investigación preliminar contra Olaechea y quienes votaron autorizando al presidente de la Comisión Permanente a presentar una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional (TC) por la disolución del Congreso.
Cosavalente precisa que Olaechea no es más presidente del Congreso de la República, sino de la Comisión Permanente, por cuanto ese poder del Estado fue disuelto por el presidente el pasado 30 de setiembre.
El viernes, Vizcarra cuestionó que Olaechea haya firmado como titular del Congreso la demanda competencial que presentó ante el TC el último jueves. Y advirtió que el procurador de la PCM actuaría conforme a ley, pues esta acción “tiene un nombre absolutamente claro: usurpación de cargo y de funciones”.
Esa declaración fue avalada por el expresidente del Tribunal Constitucional, César Landa, quien declaró Olaechea no tiene legitimidad para validar la demanda. “... no es presidente del Congreso, sino de la Comisión Permanente. En consecuencia, no puede usurpar el cargo de presidente del Congreso; más aún, quien puede litigar para defender judicialmente los intereses del Estado, son los procuradores públicos, según el artículo 47 de la Constitución”, dijo.
CAMPANA NO ES PROCURADOR
Landa dijo que el abogado Jorge Campana, que firma junto a Olaechea, no es procurador público”, por lo que el recurso planteado por Pedro Olaechea debe ser declarado inadmisible por no haber cumplido con los requisitos de ley, en un plazo de 10 días.