21/10/2021 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023
Ya es oficial. Este jueves, el Congreso de la República oficializó la ley que interpreta la cuestión de confianza regulada en los artículos 132 y 133 de la Constitución.
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Según la Ley 31355, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, la cuestión confianza que puede presentar un ministro de Estado o el presidente del Consejo de Ministros, está referida a materias de competencia del Ejecutivo relacionadas directamente a la concreción de su política general de gobierno.
En ese sentido, no se encuentran entre estas competencias, las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso de la República o de otros organismos constitucionalmente autónomos.
“Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el 16 de setiembre de 2021, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla”, se lee en la norma que lleva la firma de la titular del Parlamento, María del Carmen Alva, y la primera vicepresidenta de este poder del Estado, Lady Camones.
◼ Ejecutivo alista demanda
La presidenta del Consejo de Ministros, Mirtha Vásquez, anunció este último miércoles, en conferencia de prensa, que el Poder Ejecutivo acordó presentar una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra la ley que regula la cuestión de confianza.
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“Se planteará una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) para velar por el equilibro de poderes y la conservación del estado de derecho (...) Hemos tomado una decisión respecto a lo que se ha decidido en el Congreso”, indicó la primera ministra.
Por su parte, el ministro de Justicia y Derechos de Humanos, Aníbal Torres, señaló que “no se puede tratar por separado la cuestión de confianza de la vacancia presidencial”, por lo que presentarán un proyecto de limitaciones entre ambas acciones.
“El Congreso tiene ahora la facultad de, en cualquier momento, ir por la vacancia presidencial por la susodicha incapacidad moral, mientras que el Ejecutivo queda desprotegido”, explicó el titular del Minjus, y resaltó que con su proyecto de ley “habría una vacancia solo por causas objetivas”.
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