
06/04/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 06/04/2025
El Congreso de la República publicó la Ley N.º 32291, que introduce modificaciones al Decreto Legislativo 1186 sobre el uso de armas letales y no letales por parte de la Policía Nacional del Perú (PNP).
¿En qué consiste la ley aprobada?
La nueva norma modifica los artículos 3, 7 y 8 del Decreto Legislativo 1186, que regula el uso de la fuerza policial.
De acuerdo con la ley aprobada, se especifica que en casos de flagrancia, cuando se utilicen armas de fuego, armas letales inoperativas, armas falsas u otros objetos peligrosos, el efectivo policial podrá abatir al agresor si considera que su vida o la de otra persona está en grave riesgo, reconociéndose esta acción como legítima defensa.
"El Poder Ejecutivo adecúa el Reglamento del Decreto Legislativo 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, aprobado por el Decreto Supremo 012-2016-IN, a las modificaciones dispuestas en la presente ley, en un plazo no mayor de sesenta días calendario contados a partir de su entrada en vigor", se lee en el oficio.
Cabe mencionar que, la presidenta de la República, Dina Boluarte, firmó ayer la autógrafa que ratifica estas modificaciones sobre el uso de armas de fuego en situaciones de flagrancia.
"En los casos de flagrancia, cuando se utilicen armas de fuego, armas letales inoperativas, armas falsas u otros elementos de evidente peligrosidad, que pongan o hagan presumir al efectivo policial que su vida o la de otra persona se encuentran en grave riesgo, este último puede abatir al agresor en el lugar de los hechos, considerándose esta acción como defensa propia", agrega el texto.
¿Qué otras modificaciones se incorporan en la ley?
Asimismo, la ley detalla definiciones clave, entre ellas:
- Medios de Policía: Son las armas letales o no letales, equipos, accesorios y otros elementos proporcionados por el Estado, que el personal policial usa para hacer frente a amenazas o atentados contra la seguridad, el orden público y la vida de las personas.
Respecto a los niveles de uso de la fuerza por parte de la PNP, se establece la siguiente categoría:
- Tácticas defensivas no letales: Uso de medios no letales para contrarrestar o superar la agresión o resistencia que pongan en peligro el orden público y la seguridad ciudadana.
De esta manera, el Congreso publicó la Ley N.º 32291, que introduce modificaciones al Decreto Legislativo 1186 sobre el uso de armas letales y no letales por parte de la PNP.