Política

Congreso envía autógrafa de 'Ley AFP' al Ejecutivo

Presidente del Congreso reconoce que si norma que permite retirar 25% de los fondos es observada, debería regresar a comisiones.
congreso
07-04-2020

La pelota en su cancha. El Poder Ejecutivo recibió ayer, por la mañana, la autógrafa de ley de parte del Parlamento que dispone el retiro, de forma voluntaria y extraordinaria, del 25% de los fondos de las Administradoras del Fondo de Pensiones (AFP).

La iniciativa fue aprobada el pasado viernes en el Congreso con 107 votos a favor, cuatro en contra y cero abstenciones en primera votación y fue exonerada de segunda votación por 106 votos a favor, cuatro en contra y cero abstenciones.

El texto establece que los afiliados de las AFP pueden retirar el 25% de su cuenta personal hasta un tope de 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Es decir, hasta 12 mil 900 soles. La entrega de los fondos se realizará en dos partes: el 50 % en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud ante la AFP y el 50 % restante a los 30 días calendario computados a partir del primer desembolso.

La norma, aprobada por el pleno del Parlamento, lleva la firma de su presidente Manuel Merino de Lama, quien confía sea refrendada dentro de los 15 días del plazo legal por el mandatario Martín Vizcarra. Aunque adelantó, en la multiplataforma de Exitosa, que si la ley es observada habría otro problema.”

“En el supuesto de que el Presidente observe la norma y la retorne al Congreso, esa norma debería ir a las comisiones especializadas, como la comisión de Economía”, añadió.

Ante ello, indicó que las comisiones ordinarias no están instaladas en el Congreso, “por las propias circunstancias de que nos encontrado” en emergencia sanitaria.

“Estamos haciendo los esfuerzos a partir de esta semana para iniciar la instalación de las 24 comisiones ordinarias y una comisión especial”, puntualizó.

“Está la opción de que, a través de la Junta de Portavoces, se pida la exoneración del trámite de retorno a comisión, se vea si es posible subsanar las observaciones hechas por el Presidente, y en caso de que no se subsane, sería por insistencia. Tendría que someterse a voto y de ser aprobada la insistencia, se promulgaría la Ley por parte del Congreso”, finalizó.