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Congreso: ¡Atención! Aprueban dictamen que prohíbe realizar tareas domésticas durante teletrabajo

La Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso decidió aprobar el dictamen que prohíbe la realización de tareas domésticas o particulares durante jornada de teletrabajo.
Congreso de la República. (Andina)
13-03-2024

La Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso de la República aprobó un dictamen que prohíbe la realización de tareas domésticas o particulares durante la jornada de teletrabajo.

¡Importante!

De acuerdo a lo conocido, la medida legislativa también prohíbe ausentarse en forma injustificada del lugar donde la persona realiza el teletrabajo respectivo.

De tal modo, también se precisa que será obligatorio establecer los descansos para que los trabajadores puedan efectuar "pausas activas" durante la referida jornada laboral remota.

Asimismo, se indica que en un eventual cambio de lugar de teletrabajo se debe garantizar el adecuado acceso a la conectividad y comunicación a cargo del teletrabajador, y que se cumpla con los estándares de seguridad y salud en el trabajo, que es responsabilidad del empleador.

Sobre el dictamen 

Cabe mencionar que, la congresista María del Carmen Alva Prieto, quien autora de la propuesta legislativa, buscó modificar la Ley N° 31752-Ley del Teletrabajo, entre ellos el artículo 21°, referido al tiempo de la jornada laboral y mecanismo de registro.

Además, la parlamentaria resaltó que dicha normativa beneficiaría a más de 27,000 trabajadores de apoyo administrativo, más de 24,000 empleados de servicio estadísticos y financieros, entre otros profesionales.

Como es de recordar, el proyecto de ley fue presentado el pasado septiembre del 2023, planteando que se adicione un nuevo texto prohibiendo a los teletrabajadores realizar durante ese período laboral, tareas domésticas o particulares.

Ello, sería adicionado al artículo 21.1 de la referida norma, el cual señala que el tiempo máximo de la jornada laboral del teletrabajador es el mismo aplicable al trabajador que labora de manera presencial, es decir, ocho horas.

"Durante dicha jornada, el teletrabajador se encuentra prohibido de realizar tareas domésticas o privadas, de darse el caso se constituye una dejación de funciones y por tanto el abandono del puesto de trabajo, siendo aplicable las sanciones correspondientes y la reversión de la modalidad de teletrabajo", se lee en el documento.

Cambio de lugar de teletrabajo

La expresidenta del Congreso, propuso otra modificación al cambio del lugar habitual del trabajo (artículo 11° de la ley). El texto vigente señala que si el teletrabajador decide cambiar su lugar de teletrabajo, debe comunicarlos con cinco días de anticipación a su empleador, y este proceder a la evaluación respectiva, sobre la prevención de riesgos laborales.

Si "producto de la evaluación, el lugar no reúna las condiciones, el empleador no aceptará el cambio del lugar de teletrabajo, debiendo el teletrabajador retornar al lugar inicial", agrega el proyecto.

De esta manera, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso de la República aprobó un dictamen que prohíbe la realización de tareas domésticas o particulares durante la jornada de teletrabajo.